«operación pokemon»
El Tribunal Superior de Galicia no aprecia delito en el caso de Paula Prado
El fiscal solicita la conclusión y archivo del sumario, mientras que el instructor lo declara concluso
Tanto el magistrado, nombrado instructor del procedimiento incoado en el TSXG, como el fiscal coinciden en que de las pruebas practicadas no se desprende «ilícito penal alguno» por parte de la diputada del PPdeG y exportavoz de este partido, Paula Prado. De este modo, concluido el sumario será la Sala de lo Civil y Penal la que continúe su tramitación. Por su parte, el Ministerio Público interesa la conclusión del sumario sin procesamiento, al no resultar debidamente justificada la comisión de delitos por parte de la política popular, cuya causa fue elevada desde el juzgado que instruye la «operación Pokemon» al alto tribunal gallego al ser aforada.
En el auto notificado hoy, tanto el juez como la Fiscalía señalan que se han practicado cuantas diligencias se han estimado útiles y necesarias para la determinación de los hechos por los que la Sala acordó en su día la apertura del sumario.
En el escrito presentado por el fiscal sobre la procedencia o no de dictar auto de procesamiento, se indica que «el ilícito penal de posible aplicación es el delito de tráfico de influencias».«Una vez acotados los hechos a investigar por el Tribunal Superior en su auto de admisión a trámite y expuestos los que entendemos como probados en esta fase de instrucción, no procede la aplicación de otros ilícitos a los que se hacía referencia en la exposición razonada como el cohecho o la falsedad documental», recoge.
Por su parte, el magistrado instructor indica en el auto que el fiscal «analiza al por menor desde la perspectiva de la ley y la jurisprudencia el delito de tráfico de influencias para descartarlo, en concreto a lo relativo al espectáculo la Abeja Maya, como a los conciertos celebrados en el local Moon, así como en las contrataciones de personal efectuadas por Sermasa (adjudicataria del concurso municipal de la escuela infantil Salgueiriños)».
Por lo expuesto, el juez estima que procede declarar concluso el sumario al haberse agotado la instrucción sin que resulte debidamente justificada la comisión de delito alguno por la diputada Paula Prado.
El caso pasa ahora a la Sala de lo Civil y Penal, compuesta por tres magistrados, que deberá confirmar o revocar el auto del juez instructor. En caso de confirmarlo, dará traslado a las partes para que se pronuncien sobre la procedencia de abrir juicio oral o decretar el sobreseimiento. Si finalmente no hubiese parte acusadora, la Sala sobreseerá y archivará la causa.
En sus primeras palabras tras notificársele el auto, Paula Prado manifestó su satisfacción por la decisión que, como defendió desde el primer momento, siempre consideró que actuó conforme a la ley, al tiempo que se mostró convencida de que los tribunales acabarán por darle la razón.
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