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Un juez anula una orden de ayudas de la Generalitat por excluir al CSI-F

El Consell dejó a la central fuera de un plan de formación al entender que no era el sindicato más representativo

Un juez anula una orden de ayudas de la Generalitat por excluir al CSI-F ABC

EP

Un juzgado de lo contencioso-administrativo número 8 de Valencia ha anulado una resolución del Consell por la que denegó una subvención a CSI·F para la realización de planes de formación profesional para el empleo en 2014 al considerar que no tenía la consideración de sindicato "más representativo" .

El magistrado considera, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que la resolución, de fecha 9 de diciembre de 2014 del entonces director general de Empleo y Formación , infringe los derechos fundamentales de igualdad y libertad sindical de los artículos 14 y 28 de la Constitución, por lo que anula y deja sin efecto el acto administrativo.

De esta forma, el juzgado da la razón a CSI·F en una procedimiento en el que figuraban como demandados el Servef , la entonces Conselleria de Educación, Formación y Empleo, CCOO, USOCV y la UGT PV.

CSI·F alegó que la decisión del director general de Empleo por la que le denegó la solicitud de subvención presentada para el Plan Fomento FFI15/2014/3 infringía los derechos fundamentales de igualdad y libertad sindical por lo que reclamaba que se anulara y dejara sin efecto el acto administrativo por el que se convocaron subvenciones públicas para la realización de planes de FP para el empleo, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados y se regulaba el procedimiento para la concesión de ayudas en 2014.

La administración sostenía que CSI·F no tenía la consideración de sindicato más representativo en la Comunidad , al haber obtenido el 3,601% de los delegados de personal y de los representantes de los trabajadores en los comités de empresa y en los órganos correspondientes de las administraciones públicas, por lo que consideraba que no reunía los requisitos establecidos por la Ley para ello.

Sin embargo, para la sala, la interpretación de la orden que regula las subvenciones hecha por la administración para justificar la denegación de la subvención vulnera la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el principio de igualdad y libertad sindical.

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