Caso Carrasco
El juez rechaza las pruebas sobre la «persecución» de Carrasco a Triana
Considera que son «innecesarias» y que se pidieron de forma «extemporánea»
Las diligencias de prueba solicitadas este martes por la defensa de Montserrat González y Triana Martínez han recibido el rechazo del presidente del Tribunal del Jurado y, por lo tanto, no serán tenidas en cuenta de cara al juicio por el crimen de la expresidenta de la Diputación de León y del PP provincial. El auto que así lo certifica recuerda que estos mismos documentos -encaminados a probar el supuesto «acoso y persecución» al que Isabel Carrasco pudo haber sometido a la hija de la autora confesa del asesinato- ya fueron desestimados por la Audiencia Provincial en el mes de febrero . Entonces, se consideró que eran «impertinentes» por no estar relacionados con el objeto del juicio (el asesinato), «ni con las cuestiones que se van a someter a debate» en él, así como «irrelevantes» e «innecesarios». Un argumento que se retoma ahora y al que también se aferraron durante la vista previa las acusaciones particulares y el fiscal, que culparon a la representación de las acusadas de querer convertir el proceso por el crimen en un juicio a la víctima.
Este no es, no obstante, el único criterio que se ha tenido en cuenta para rechazar la petición del letrado que asiste a Montserrat y Triana , ya que el presidente del Tribunal del Jurado incidió también en que esta solicitud no se realiza tampoco «en el momento procesal oportuno» . En este sentido, destacó que en el escrito de conclusiones provisionales -que recoge las consideraciones y peticiones de cada una de las partes de cara al juicio- la defensa no hizo ninguna referencia a la práctica de las pruebas indicadas, «por lo que puede sostenerse que no puede hacerlo ahora por la vía de las cuestiones previas, dado que no se trata de ‘nuevos’ medios de prueba en el sentido indicado», subraya.
Ahí no queda su argumentación y, ante la afirmación de la representación de las acusadas de que la exclusión de estas diligencias supone una vulneración del derecho de defensa de madre e hija, la respuesta también ha sido clara. Para el presidente del Tribunal del Jurado, con esta solicitud no se pretende otra cosa que demostrar la existencia «una campaña de persecución» de Carrasco hacia Triana que habría desatado la ira de su madre. Una situación que, en su opinión, pueden tratar de probar sin necesidad de recurrir a los documentos que ahora se rechazan . «Dentro del propio escrito de calificación provisional se proponen otras pruebas cuyo objetivo es, sin duda, tratar de acreditar dicha campaña de persecución en varios frentes», sostiene en el auto antes de afirmar que «en definitiva, las acusadas no van a ser privadas en absoluto de pruebas con la que acreditar los hechos indicados y, a tal finalidad pueden tacharse de suficientes las testificales y documental de los escritos de calificación» que sí están previstas. Así, concluye que «debe rechazarse, desde luego, la invocada indefensión y por tanto la existencia de vulneración del derecho de tutela judicial efectiva de las acusadas».
Las diligencias que se quedan fuera del proceso tienen que ver con librar oficios a la Agencia Tributaria de León -Triana asegura que bajo la orden de Carrasco le realizaron varias inspecciones de Hacienda-; al Ayuntamiento de Astorga -afirma que la víctima evitó que fuera nombrada concejala-; a la Diputación de León -de donde destaca que se celebraron oposiciones irregulares para cubrir la plaza que ella ocupaba-; a la sociedad Viproelco -que retrasó el pago de una factura en su opinión a petición de Carrasco- ;y al banco Santander. Por su parte, también se requería a los funcionarios de la Policía que realizaron un informe sobre soportes informáticos incautados en casa de Triana que extrajeran de ellos determinadas grabaciones con pruebas del procedimiento irregular que se llevó a cabo en la oposición para cubrir su plaza.
Contra esta resolución cabe interponer un recurso de apelación en el plazo de diez días ante la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. El auto de hechos justiciables y señalamiento del juicio se dictará en los próximos días..
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