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Archivada la causa por la muerte de la niña de Treviño que padecía varicela

Los padres denunciaron a las administraciones sanitarias al considerar que los médicos y que la persona que atendió sus llamadas podrían haber actuado de manera negligente

Archivada la causa por la muerte de la niña de Treviño que padecía varicela jesús andrade

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La Audiencia Provincial de Álava ha confirmado el archivo de la causa por la muerte de Anne Ganuza , la niña de tres años residente en el enclave de Treviño (Burgos) que falleció en marzo del año pasado en un hospital de Vitoria al complicarse la varicela que padecía.

El enclave burgalés de Treviño, situado geográficamente en Álava, está situado a sólo 17 kilómetros de Vitoria y a 100 de Burgos. En enero de 2012 Euskadi y Castilla firmaron un protocolo de colaboración que incluía la atención sanitaria a la población de zonas limítrofes.

Tras el fallecimiento de la pequeña, sus padres denunciaron a las administraciones sanitarias vascas y castellanoleoneses al considerar que los médicos y que la persona que atendió sus llamadas en el teléfono de emergencias 112 -quien decidió no enviar una ambulancia para trasladar a la niña al hospital- podrían haber actuado de manera negligente o imprudente.

El Juzgado de Instrucción número 4 de Vitoria decretó sin embargo el sobreseimiento de la causa al entender que la atención recibida por la niña no fue reprochable penalmente y que la actuación tanto del médico de atención primaria como del personal de urgencias fue «acorde con las prácticas médicas o clínicas normalizadas».

Los padres recurrieron entonces el sobreseimiento ante la Audiencia Provincial de Álava y reclamaron un nuevo informe pericial, pero el tribunal alavés ha confirmado ahora el archivo definitivo del proceso.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la Audiencia considera que «se puede inferir» que el recurso obedece a que el resultado del informe forense fue «negativo para sus intereses» y que no se basa en la «falta de capacidad» que «implícitamente» achacan los padres a los médicos encargados de ese informe.

La Audiencia recuerda que en Euskadi el órgano encargado de estas pruebas periciales es el Instituto Vasco de Medicina Legal, que nombró a dos «expertos imparciales» y comunicó esta decisión a las partes.

En opinión del alto tribunal alavés fue en ese momento (mayo del año pasado) cuando los padres debían haber expresado la «incapacidad o inhabilidad» de esos forenses «o al menos la conveniencia de que fuera otro u otros los que llevaran a cabo» la prueba.

«Si (su abogado) no lo hizo se ha de entender que implícita, pero claramente, aceptaba con todas las consecuencias la referida designación de peritos y se puede inferir que ha sido el resultado negativo que para sus intereses tiene el dictamen (...) lo que le ha llevado a cuestionar» la elección de los forenses, argumenta el tribunal.

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