SOCIEDAD
El Constitucional mantiene la suspensión de la polémica ley de vivienda regional
Los magistrados consideran que levantar la suspensión supondría un perjuicio para el interés general y un daño para la seguridad jurídica
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El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado mantener la suspensión de la controvertida ley de vivienda de Canarias, que permitiría expropiar casas a los bancos, durante un período máximo de tres años, para evitar que las personas en peor situación socioeconómica y sometidas a un proceso de lanzamiento se queden sin hogar. La disposición del Gobierno que presidió Paulino Rivero , en que la también nacionalista Inés Rojas desempeñó el cargo de consejera de Vivienda, sigue así los pasos de las otras dos leyes «antidesahucios» autonómicas: las de Andalucía y Navarra. No en vano, los magistrados consideran que levantar la suspensión supondría un perjuicio para el interés general y un daño para la seguridad jurídica .
Por medio de un auto fechado el último día 21, y al que ha tenido acceso ABC, el pleno del TC justifica su decisión sobre la base de los mismos argumentos que ya usara en los casos de las disposiciones andaluza y navarra . El Constitucional entiende que los servicios jurídicos de la Administración autonómica y el Parlamento regional no han logrado desacreditar los datos en que el Abogado del Estado fundamentó su solicitud de que se mantuviera la suspensión, y en concreto aquellos que el Banco de España (BdE) plasmó en un informe que este diario avanzó en su día .
Los magistrados explican que existiría un perjuicio «cierto» para el interés general de permitirse la puesta en práctica de la ley. Un interés general, agregan, que subyace en el «buen funcionamiento y estabilidad» del sistema financiero. El TC admite que, cuantitativamente, el deterioro del sistema sería «reducido», pero puntualiza que efectivamente se produciría, lo que expondría a un riesgo el proceso de reestructuración bancaria , proceso, recuerda, que ha requerido el empleo de dinero público. El Constitucional, que preside Francisco Pérez de los Cobos , ahonda en este punto y sostiene que ese riesgo alcanzaría también al cumplimiento de los compromisos internacionales del país, máxime al tener en cuenta que son tres las leyes «antidesahucios» en cuestión, lo que multiplicaría sus efectos. Un riesgo, continúa el tribunal, «acreditado» tanto por los informes de revisión del «programa de asistencia financiera para la recapitalización de las instituciones financieras en España» como por el susodicho del BdE. El pleno del TC, que valora la independencia y la especialización en la materia del regulador nacional y de la Comisión Europea , el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario Internacional , que participaron en la redacción de los informes de revisión, asegura además que los letrados del Gobierno y la Cámara de Canarias no han conseguido rebatir las razones expuestas, sino que «se han limitado a afirmar que se trata de meras suposiciones» .
Los magistrados hacen hincapié en que la ley también supondría un daño para la seguridad jurídica. Una inseguridad a la que daría lugar la coexistencia de dos regímenes jurídicos dispares (el autonómico y el estatal) sobre una misma realidad: el drama de los desahucios. Al hilo de esto, recuerdan que el Gobierno también ha sacado adelante normas que obedecen al mismo problema social, como la ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. Normas que, eso sí, no llegan al extremo de la expropiación .
Infracciones
El TC refiere que los preceptos impugnados (el grueso de la disposición regional) imponen a los propietarios de viviendas la obligación de destinarlas para «uso habitacional» , esto es, para habitarlas, una imposición cuyo incumplimiento, en el caso de las personas jurídicas (los bancos), está tipificado en el texto como una infracción. Además, y entre otros polémicos apartados, la ley canaria también prevé la posibilidad de sanciones , de nuevo en el caso de los bancos, por la propiedad de casas vacías.
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