TRIBUNALES
El Supremo anula el indulto al presidente de la UD Las Palmas
El Gobierno le conmutó la condena de tres años y un día de prisión por un delito medioambiental por un castigo de dos años, de modo que evitó la cárcel
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La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado el indulto parcial concedido por el Gobierno al empresario canario Miguel Ángel Ramírez , presidente de la Unión Deportiva Las Palmas . El TS ha ordenado además la retroacción de actuaciones para que se emita el informe previsto por el artículo 23 de la ley de indulto por parte de la Audiencia Provincial de Las Palmas.
El Supremo estima así parcialmente el recurso de la Asociación Ecologistas en Acción-CODA contra el decreto en virtud del cual se concedió un indulto parcial a Ramírez y se le conmutó la condena de tres años y un día de prisión que le fue impuesta por un delito contra la ordenación del territorio por otra de dos años. El indulto se anula porque no contó con el preceptivo informe que el Supremo entiende que debió recabarse de la Audiencia Provincial de Las Palmas, ya que debe considerarse tribunal sentenciador a efectos del informe previsto en la ley de indulto, ya que dicha Audiencia estimó un recurso de apelación y modificó la sentencia de instancia. El informe del tribunal sentenciador en el expediente de indulto lo hizo, sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas, que informó negativamente a la concesión de la medida de gracia .
Por ello, el TS ordena retrotraer las actuaciones para que la Audiencia de Las Palmas emita el informe preceptivo, sin perjuicio de mantener la validez del resto de los informes y de las actuaciones obrantes en el procedimiento, para que, una vez emitido dicho informe, se adopte por el Gobierno la decisión que estime oportuna .
La sentencia cuenta con el voto particular de dos de los siete magistrados que la han dictado, que consideran que debió declararse la inadmisibilidad del recurso de la asociación Ecologistas en Acción-CODA, porque entienden que no tenía legitimación activa para recurrir.
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