economía

La Audiencia de Cuentas de Canarias detecta discordancias en las declaraciones del IGIC de las grandes empresas

El ente fiscalizador advierte de la disparidad de funciones en los centros gestores de este impuesto en el Archipiélago

La Audiencia de Cuentas de Canarias detecta discordancias en las declaraciones del IGIC de las grandes empresas efe

m. ramos

La Audiencia de Cuentas de Canarias ha llamado la atención sobre la discordancia entre el número de empresas que ostenta la condición de gran empresa, desde el punto de vista tributario, y el volumen de declaraciones de IGIC totales presentadas entre los años 2010 y 2013.

Tras obtener datos sobre este tipo de empresas radicadas en las Islas y las correspondientes doce declaraciones -al tratarse de autoliquidaciones mensuales debe ser una al mes-, resulta una media por año fiscalizado de 1.223 en 2010; 1.176 en 2011; 1.245 en 2012, y 1.161 empresas en 2013, «lo que difiere de los datos extraídos» de la aplicación informática que registra ambos conceptos en la Administración Tributaria canaria.

Así lo advierte en su «Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión del Impuesto General Indirecto de Canarias (IGIC)», en el que analiza la gestión de este tributo durante cuatro ejercicios fiscales consecutivos. Tienen la consideración de gran empresa, argumenta, aquellas cuyo volumen de operaciones en el ejercicio anterior supera los seis millones de euros.

En el periodo estudiado, en 2010 había 477 grandes empresas en la provincia de Las Palmas; 465 en 2011; 484 en 2012, y 459 en 2013, mientras que en la de Santa Cruz estaban dadas de alta como tal 452, 449, 448 y 433 en los respectivos años. En total, 929 en 2010; 914 en 2011; 932 en 2012 y 892 en 2013.

Después de analizar el reparto de funciones entre las dos administraciones provinciales de tributos interiores y propios, el órgano fiscalizador observa cómo el reparto «no es homogéneo» entre ambas. Existen funciones con una «mayor relevancia» en una provincia y con «un tratamiento residual en otras», aclara.

«Esto ocurre en temas tales como el control de grandes empresas y la llevanza de las comprobaciones limitadas, por lo que sería aconsejable homogeneizar las funciones» en sintonía con «las cargas de trabajo y prevalencia de las funciones a desarrollar», así como su importancia.

Inspección

Precisamente y derivado de lo anterior, a los efectos de dimensionar los recursos humanos dedicados a la gestión e inspección del IGIC, compara las Islas con Navarra, donde funciona el IVA, y como resultado la Audiencia de Cuentas concluye que cada titulado superior de la Administración Tributaria Canaria, que gestiona el IGIC, atiende a más del triple de población que su equivalente en el Archipiélago.

El pormenorizado informe alude también a la futura puesta en funcionamiento de la Agencia Tributaria Canaria, sobre la que asegura que «tendrá que ir acompañada de un sistema de evaluación que permita el adecuado control de las actividades» que lleva a cabo.

A su juicio, «en la actualidad, el sistema de planificación utilizado se muestra más como un documento teórico sin concordancia con el funcionamiento real de la Administración Tributaria Canaria y sin utilidad para conocer los resultados obtenidos». El documento aporta datos como la recaudación líquida del IGIC y los beneficios fiscales que ha aportado a las arcas autonómicas.

Sin informe final sobre resultados

Así, en 2010 la recaudación líquida fue de 772,8 millones de euros y los beneficios fiscales de 298,6 millones. En 2011, rondó los 809 millones y los beneficios fiscales se situaron en 680,5 millones.

Al año siguiente, la recaudación líquida del IGIC siguió la tendencia ascendente y alcanzó los 931,2 millones, al igual que los beneficios fiscales, que fueron de 692,5 millones.

En 2013, sólo este impuesto reportó unos ingresos líquidos de 1.106.792.262,01 euros, que se tradujeron en 928,7 millones de beneficios fiscales. A pesar de las cifras recabadas, el ente fiscalizador deja patente que «no ha podido obtener evidencias sobre el nivel de eficacia alcanzado en el cumplimiento de los objetivos» porque los planes de control tributario de la administración «no contienen objetivos cuantificables y medibles». Ni siquiera hay informe anual sobre resultados, recalca.

La Audiencia de Cuentas de Canarias detecta discordancias en las declaraciones del IGIC de las grandes empresas

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