RIO SEGURA
Multan a una empresa por levantar un muro antirriadas en una rambla
Las inundaciones en la zona afectaban a sus cultivos, pero los tribunales le imponen 6.000 euros de sanción por reincidente
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de una empresa a la que la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) impuso una sanción de 6.000 euros por obrar en una rambla de Torrevieja (Alicante) y que aseguró que lo hizo «en legítima defensa».
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que los responsables de esa empresa, O.I., S.L., recurrieron la multa , impuesta en julio de 2011, y alegaron que construyeron el muro ante la pasividad del órgano de cuenca y para evitar daños a sus cultivos por las inundaciones que se producían en la zona.
La apelante expuso igualmente que hasta que se procediera a delimitar la rambla en cuestión, no podía saberse si se trataba de un espacio público o privado, además de señalar que el expediente debía ser declarado nulo por haber generado indefensión.
La Abogacía del Estado se opuso a la estimación del recurso y aseguró que era la tercera construcción que la recurrente llevaba a cabo en la rambla, en el dominio público , «con el fin de obstaculizar la libre circulación de las aguas».
Al desestimar la apelación, la Sala dice que «se evidencian las reiteradas conductas de la recurrente en la rambla y la finca, lo que queda acreditado en el expediente administrativo con la denuncia y las fotografías aportadas».