sentencia
Condenan a Nuria Roca a pagar 15.000 euros por atentar contra el derecho al honor de Sonia Castedo
La periodista publicó en su blog personal un artículo en el que llamaba «choriza sin paliativos» a la alcaldesa de Alicante
La presentadora Nuria Roca ha sido condenada a pagar 15.000 euros y a rectificar en la misma fuente en la que llamó «choriza sin paliativos» a Sonia Castedo, en septiembre de 2014 la entonces alcaldesa de Alicante .
El juez ha dictado sentencia en la demanda de protección por el derecho al honor tramitada por la que era máxima edil del Ayuntamiento de la capital de la Costa Blanca, después de que la locutra valenciana publicara en su blog personal un artículo en el que criticaba duramente a Castedo .
«Me caes muy mal. Te tengo manía y detesto todo lo que representas» era el título del post en el que pedía disculpas por no ser «demasiado objetiva» con sus palabras sobre Castedo.
Al respecto, destacaba que la primera edil le caía «muy mal». «Le tengo manía y detesto todo lo que representa», subrayaba la presentadora, quien añadía que tiene la «suerte» de no conocer a Castedo, pero aún así le provocaba «un enorme rechazo».
Roca, quien aseguraba que en ese caso expresaba sus sentimientos «sin la censura habitual que nos obliga a utilizar términos como 'presunción de inocencia», decía que Sonia Castedo le provocaba «vergüenza».
Así, el Juzgado de Primera Instancia Número 9 de Alicante declara que el artículo publicado el 19 de septiembre de 2014 en el blog personal de Nuria Roca Granell «Los tacones de Olivia» ( http://lostaconesdeolivia.es ) constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor de Sonia Castedo Ramos.
Por ello condena a Nuria Roca Granell a «la publicación a su costa de la sentencia en el citado Blog, y en dos medios de comunicación escritos, uno de difusión provincial y otro de difusión en todo el territorio nacional».
Condena a Nuria Roca Granell a abonar a Sonia Castedo Ramos «en concepto de indemnización la cantidad de 15.000 euros más los intereses legales de la citada cantidad desde la interpelación judicial hasta su completo pago» .
Todo ello, con imposición de las costas causadas. La sentencia es recurrible.
Post original del blog de Nuria Roca en el que hablaba de Sonia Castedo.