TRIBUNALES
El Tribunal Supremo condena a dos hombres a más de 40 años de prisión
Los detenidos asaltaron una vivienda de Torrevieja, maniatando y agrediendo a los dueños
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Alicante por la que han sido condenados a penas que suman 41 años y 8 meses de prisión dos hombres por asaltar una casa en Torrevieja donde maniataron durante horas y agredieron brutalmente al matrimonio dueño de la misma.
Los hechos ocurrieron cerca de la medianoche del 26 de septiembre de 2012, cuando los ladrones irrumpieron en el domicilio armados y con pasamontañas y se abalanzaron sobre la mujer, a la que taparon la cara con una almohada para que no gritara e inmovilizaron con la ayuda de unas esposas, unas bridas y cinta de embalaje.
Su marido llegó una hora después aproximadamente y fue también golpeado con saña y amenazado con una pistola cargada por los ladrones para que revelara los objetos de valor existentes en la vivienda.
Así lograron que les abriera un armero que hacía las veces de caja fuerte en la cochera, donde se apropiaron de un rifle y dos escopetas de caza, joyas y dinero en efectivo, todo ello por un importe superior a los 26.000 euros.
Antes de huir, los asaltantes encerraron a las víctimas maniatadas y amordazadas en un cuarto de baño y atracaron la puerta con una silla, si bien unos vecinos oyeron sus gritos de auxilio y fueron liberados por la Guardia Civil y la Policía Local sobre las 5.00 horas de esa misma madrugada.
La Audiencia de Alicante condenó a los ladrones a sendas penas de 20 años y 10 meses de cárcel por delitos de robo con violencia, lesiones, detención ilegal y falsificación de documentos, en este último caso porque tras su detención los investigadores hallaron en la vivienda que habitaban en la localidad de Finestrat pasaportes, permisos de conducir y cartas de identidad falsas.
Los acusados recurrieron en casación el fallo ante el TS, pero la sección primera de su Sala de lo Penal ha desestimado el recurso al entender que no se ha vulnerado derecho fundamental alguno y las condenas están totalmente fundamentadas.
Por el contrario, la sentencia del alto tribunal, fechada el pasado 24 de marzo y de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Agustín Andrés Ibáñez, alaba la resolución recurrida por presentar «una factura realmente ejemplar» y al tribunal que la dictó por su «minuciosidad» y «rigor paradigmáticos» en el análisis que hizo del material probatorio existente en la causa.