TRIBUNALES
Ataques de perros: absuelven a la dueña de un yorkshire terrier que mordió a un niño
La resolución de la Audiencia de Alicante establece que la raza del can no es de carácter «feroz o dañino»
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Los ataques de perros continúan generando controversia. Tras las graves lesiones sufridas por un joven en Madrid o el caso de un policía de Gandía que tuvo que disparar a un animal para repeler un ataque, una resolución judicial da la razón ahora a la dueña de un perro.
Así, la Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto desde el punto de vista penal a la propietaria de un perro Yorkshire Terrier que estaba suelto y que mordió la pierna de un niño de siete años cuando jugaba en un parque de la ciudad, debido a que esa raza no es de carácter "feroz o dañino".
Según la sentencia de la Sección Segunda, el juzgado de Instrucción número 9 eximió a la dueña del perro de responsabilidad penal pero la madre del menor recurrió en apelación.
Los hechos ocurrieron a las 20 horas del 12 de julio de 2013, cuando la madre y su hijo jugaban en el parque Pedro Goitia de Alicante y la denunciada se hallaba sentada en un banco después de haber dejado sueltos a sus dos perros, uno de ellos el Yorkshire Terrier, que mordió en la pierna izquierda al pequeño.
Éste resultó lesionado con una herida punzante que requirió una primera asistencia médica y tardó en curar 6 días, sin que posteriormente dejara defecto o deformidad.
La Audiencia confirma la sentencia en primera instancia al concluir que el perro autor de la mordedura "no tiene el carácter de feroz o dañino a efectos penales, al no estar incluido dentro de las razas peligrosas".
Pese a que no aprecia relevancia penal, el fallo, que no permite recurso ordinario, deja la puerta abierta a posibles acciones civiles.
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