La Justicia de París abre un posible proceso contra ministros por su gestión del Covid-19

La iniciativa del fiscal del Tribunal de París investigará la posible comisión de delitos, y apunta de entrada a los ministros de Trabajo y Sanidad

El fiscal de París Rémy Heitz ABC

Juan Pedro Quiñonero

Comienza con pies de plomo judicial la instrucción del posible proceso penal contra los más altos cargos del Estado durante la crisis sanitaria del Covid-19. Particulares, familias de víctimas y algunas asociaciones profesionales han presentado sesenta y tres querellas penales contra «X», con el fin de esclarecer, judicialmente, quienes pudieron incurrir en posibles delitos de «puesta en peligro de la vida de terceros», «homicidios y heridas involuntarias», «no asistencia a persona en peligro».

Rémy Heitz, fiscal del Tribunal de París, ha encomendado la instrucción preliminar a la Oficina central de lucha contra los atentados al medio ambiente y la sanidad pública (Oclaesp), que deberá investigar la evidencia o presunción de posibles delitos a muy diversos niveles de las administraciones públicas, comenzando por la administración penitenciaria y los ministerios de Sanidad y Trabajo .

Los oficiales de la policía especializada de la Oclaesp deberán compilar el mayor volumen posible de datos, para poder iniciar, más tarde, el eventual proceso: los eventuales responsables de fallos voluntarios, involuntarios o accidentales que pudieron cometerse desde mediados de enero pasado, cuando se detectaron los primeros síntomas sanitarios inquietantes.

La iniciativa personal del fiscal del Tribunal de París no prejuzga, en absoluto, la presentación de nuevas querellas y nuevas investigaciones, a partir de las informaciones que vayan conociéndose sobre la gestión administrativa y política de la crisis sanitaria. En primera instancia, la instrucción del posible proceso penal contra los más altos cargos del Estado solo es un primer paso de la posible evolución judicial de la crisis, inconclusa .

Según la legislación francesa, los ministros en ejercicio solo pueden ser juzgados por el Tribunal de Justicia de la República (TJR), un tribunal de excepción del que deben formar parte varios diputados y senadores. Según la Constitución, el presidente de la República y jefe del Estado no puede ser juzgado mientras dure su mandato . Por el contrario, puede ser juzgado a posteriori, una vez terminado su mandato presidencial.

Durante la primera fase de la instrucción preliminar del eventual proceso penal, iniciada el martes día 9 de junio, la fiscalía del Tribunal de París solo procederá a acumular una suerte de banco de datos, administrativos, políticos y sanitarios. Ese banco de datos permitirá comenzar a establecer una cadena de acontecimientos, con el fin de intentar comprender y juzgar, en su caso, el comportamiento de los primeros responsables administrativos y gubernamentales.

Si la fiscalía descubriese pruebas o elementos de juicio que pudieran permitir iniciar la instrucción definitiva de un posible proceso penal, el caso tomaría automáticamente una dimensión excepcional.

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