Los ingresos en el banco que debes justificar a Hacienda

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Agencia Tributaria

ABC

Ir al banco a sacar dinero o ingresarlo es una acción que realizan muchas personas. Por eso, es importante tener claro lo que se puede y lo que no hacer, sobre todo de cara a la Agencia Tributaria .

Por ello, los bancos están obligados a informar de las acciones ilegales que se hagan, según la Ley General Tributaria , que señala «la obligación de estas entidades de proporcionar a la Administración todo tipo de información con trascendencia tributaria relativa a sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas», como indica el Banco de España .

Por lo tanto, la Administración de la Agencia Tributaria recibirá la información de los movimientos, aunque no por ello significa que vayan a iniciar investigaciones.

El procedimiento se produce cuando «tenga sospechas de alguna operación delictiva, poniéndose en contacto con la entidad para pedirle más información, y con el usuario si lo considera procedente. Es por ello que es conveniente que tengas justificación de estos movimientos».

Por este motivo, las operaciones de las que hay que informara Hacienda son las siguientes:

–Acciones con más de 500 euros : los billetes de 500 euros están en la diana de Hacienda, ya que han sido vinculados con el blanqueo de dinero. Toda operación con estos billetes será supervisada.

–Créditos y préstamos concedidos por el banco por un importe superior a 6.000 euros : todos los préstamos y créditos por un importe superior a los 6.000 euros deben ser notificados bajo los datos del beneficiario.

–Ingresos recurrentes, independientemente de cual sea la cuantía de los mismos: los ingresos que sean recurrentes se tienen que notificar. Es importante conocer quién es el pagador.

–Operaciones y transferencias bancarias que superen los 10.000 euros : ingresar o retirar dinero por valor de 10.000 euros será también una obligación para comunicar a Hacienda.

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