El Gobierno no puede asumir el gasto de repatriación de la española fallecida en el terremoto de Italia
Desde el Minisiterio de Asuntos Exteriores se recalca que la normativa impide sufragar el traslado de cadáveres a España o a un tercer país
Ana Huete. Es el nombre de la única española que ha muerto en el terremoto que en la madrugada del miércoles devastó el centro de Italia y acabó con la vida de al menos 281 personas . La joven granadina, una enamorada del país transalpino, pasaba unos días en Illica (provincia de Rieti, Lazio) junto a su pareja.
Ahora, algunos de sus familiares han acudido a Italia con la intención de traer a Ana de vuelta a casa . Pero son conscientes de que no será una tarea sencilla. Han declarado que, a pesar de que se les está ayudando con los trámites burocráticos, l os gastos dependen de ellos . Repatriar un cadáver oscila entre los 4.000 y 6.000 euros y, según se afirma en la petición lanzada a la plataforma Change.org, «el Gobierno no piensa hacerse cargo de dichos gastos» .
La familia de la española fallecida, una muchacha de 27 años, se ampara en que en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores se especifica que el Gobierno se hace cargo de este tipo de gastos en situaciones «excepcionales» . Los familiares no dudan en afirmar que un terremoto, un desastre natural de tal magnitud que ha causado innumerables daños materiales y humanos, es un situación excepcional. Sin embargo, en la misma página web se dice que, en esas situaciones extremas a las que hace alusión, solo concede ayudas a la familia para inhumación o incineración en el extranjero. «La Embajada -o Consulado- no sufraga los costes de traslado del cadáver» .
Y el Ministerio de Asuntos Exteriores lo recalca. Se limita a aplicar el artículo 5, punto 5 de la Orden Ministerial AEX 1059/2002 de bases reguladoras de las ayudas de protección y asistencia consular. Reza que «son ayudas para inhumación o incineración las que se conceden por la autoridad competente para hacer frente a estos gastos, en los casos de fallecimiento de un español en el extranjero, cuando los mismos no puedan ser asumidos por sus familiares ni ninguna otra persona o entidad . En ningún caso se autorizarán ayudas para el traslado del cadáver a España o a un tercer país». Es por ello que el Ministerio de Exteriores, consciente de lo complejo y costoso que resulta realizar este tipo de trámites, «recomienda a los españoles que viajan al extranjero suscribir previamente un seguro de viaje que cubra este tipo de contingencias ».
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