La convulsa historia constitucional de España, desde la Pepa hasta la II República

ABC recoge algunos de los principales detalles de cada una de las Cartas Magnas con las que ha contado el país

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La Historia de España no se escribe solo a partir de efemérides y nombres ilustres. Para conocerla, es importante fijarse en el desarrollo social y político que ha experimentado el país a lo largo de los siglos. Saber, por ejemplo, cuánto calaron los ideales de la Ilustración entre las élites políticas que se dieron cita en Cádiz en 1812; o cómo fue transformándose la mentalidad española a lo largo del complejo siglo XIX, con sus golpes de estado y enemistades políticas.

Muchas de las explicaciones a estos interrogantes se pueden encontrar, además de en los manuales, en las sucesivas obras constituyentes con las que ha contado España desde la proclamación de la Pepa . ABC recoge aquí algunos de los principales detalles de cada una de las Cartas Magnas con las que ha contado el país desde el XIX hasta la II República.

La Pepa

Si hay una Constitución reconocible dentro de la Historia de España, dejando a un lado la de 1978, esa es, sin lugar a dudas, la Pepa. Promulgada por las élites intelectuales españolas que permanecieron en la Península durante la Guerra de la Independencia , esta Carta Magna no destaca exclusivamente por ser la primera de la Historia de España, sino por ejemplificar cuan profundamente habían calado las ideas de la Ilustración entre las capas altas de la sociedad ibérica. De este modo, en la Pepa se recoge, por ejemplo, la división de poderes, la soberanía nacional y la monarquía constituyente. Una Constitución de carácter inequivocamente liberal que muy poco tiene que envidiar en este sentido a otras de su entorno.

Precisamente, eso no le hizo demasiada gracia a Fernando VII . Tras volver de su retiro una vez se expulso a José Bonaparte , al «Deseado» faltó tiempo para derogar la obra y retornar al modelo absolutista previo. Fue aplicada de nuevo durante el Trienio Liberal (1820-1823) para ser abolida de nuevo. Volvió a ser instaurada durante un breve periodo de tiempo entre 1836 y 1837, mientras se cocinaba la que sería la Constitución de 1837.

Constitución de 1837

Para mediados de los años treinta del siglo XIX, la mayoría de los políticos españoles, dejando a un lado a los absolutistas, se encontraban divididos entre moderados y progresistas. Cuando esta Carta Magna fue promulgada todavía se encontraba María Cristina de Borbón como regente de la futura Isabel II . La mujer de Fernando VII había proclamado el Estatuto Real de 1834 , que no era del gusto de los segundos. A pesar de que para 1836 la mayoría de representantes en las Cortes eran progresistas, se trató de promulgar una obra constituyente con la que todos los liberales se encontrasen cómodos.

De este modo, mientras que la Constitución de Cádiz había proclamado el principio de la soberanía nacional, la Constitución de 1837 trasladó esta declaración a Preámbulo, situándolo deliberadamente fuera del articulado constitucional. Asimismo, se incorporaba por primera vez una declaración de derechos , entre los que se encontraba la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de expresión o las garantías penales y procesales.

Constitución de 1845

La fractura social y política de España se hacía cada vez más evidente durante la turbulenta década de lo cuarenta. Con la llegada de los moderados al poder, encabezados por el general Narváez , se decidió redactar una nueva Constitución. El resultado fue una obra, proclamada en 1845, en la que ya no aparece mencionada la soberanía nacional, sino que se revierte a la fórmula tradicional histórica de la soberanía compartida por las Cortes y el Rey . De este modo, se articulaba el dominio de la Corona sobre las demás instituciones gracias, ya que se le otorgaba el poder para nombrar al Jefe de Gobierno y, al mismo tiempo, el poder de disolución de las Cortes.

Constitución de 1869

Después de que la anterior Carta Magna permaneciese en vigor durante casi 25 años, el Gobierno se decidía a promulgar una nueva Constitución que se adaptase a los cambios que había sufrido el Estado a lo largo de esas más de dos décadas. Se retornaba a la soberanía nacional y se establecía el sufragio universal, la concepción de la Monarquía como poder constituido y se añadía una amplia declaración de derechos , que suponían casi una tercera parte de los artículos.

Constitución de 1876

Esta Carta Magna llegó al poco de la caída de la I República . Estuvo marcada, incuestionablemente, por la figura del político Antonio Cánovas, quien fue uno de los principales valedores de la reinstauración de los borbones en la figura de Alfonso XII . Se trata de un texto breve (compuesto por 89 artículos), que permite mantener la alternancia de partidos. Se readopta la soberanía del Rey con las Cortes, que representaba la verdadera «Constitución interna», a juicio de Cánovas. También posibilitaba el derecho de asociación; la tolerancia religiosa en la práctica privada, aunque reconociendo el catolicismo como la religión del Estado, la libertad de imprenta o la libertad de enseñanza.

Constitución de 1931

El reinado de Alfonso XIII culminaba a principios de la década de los treinta. Con la proclamación de la II República, el 14 de abril de 1931, se abría un nuevo proceso constituyente. El resultado fue una Carta Magna en la que aparece recogido, por ejemplo, que España es «una República democrática de trabajadores de toda la clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia». A continuación se explica que «la República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y las regiones».

En lo que a la distribución de los poderes se refiere, los constituyentes de 1931 fortalecieron al Parlamento frente al Ejecutivo y a la Jefatura del Estado, que sería ejercida por el presidente de la República. También recogía la libertad religiosa o la subordinación de la riqueza a los intereses de la economía nacional.

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