Una de cada cinco familias numerosas es monoparental

Las estadísticas demuestran que en 2018 aumentó este colectivo de familias en 55.350, lo que supone un 3% más que el año anterior

S.F.

En España hay 696.798 familias numerosas, de las cuales, una de cada cinco son monoparentales (145.382); es decir, con un progenitor y tres o más hijos , según datos del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Dichas estadísticas muestran que en 2018 ha aumentado este tipo de núcleos familiares en 55.350, lo cual supone un 3% más que el año anterior.

Más de 2 millones de hijos forman parte de una familia numerosa, de las que el 61,7% están compuestas por tres vástagos; el 21,55% por dos y el 11,11% por cuatro.

A partir de los cuatro hijos, el número de familias desciende, siendo aquellas con diez o más, las más escasas , aunque en España hay 153 que cumplen este perfil. Hay 15.150 familias con cinco hijos, 3.680 con seis, 1.093 con siete, 510 con ocho y 192 con nueve.

Respecto a la nacionalidad, el 85% de los títulos corresponden a familias españolas , mientras que los de nacionalidad extranjera alcanzan el 15%.

El reparto por comunidades es desigual, de modo que Andalucía es la región con el mayor número de títulos de familia numerosa expedidos, 138.620, a la que le siguen Cataluña con 125.626 y Madrid con 115.575.

Deducciones en el IRPF, preferencia para obtener becas, reducciones del 50% o exención de tasas y precios en la educación pública o descuentos del 5% o el 10% en vuelos nacionales, son algunos de los beneficios de los que pueden disfrutar estas familias .

En España se consideran familias numerosas aquellas que estén integradas por uno o dos progenitores con tres o más hijos (sean o no comunes) o con dos hijos en el caso de que uno tenga una discapacidad superior al 33% o esté incapacitado para trabajar.

Además, si los dos ascendientes tienen discapacidad, uno de ellos está incapacitado para trabajar o tiene una discapacidad del 65% también podrán disfrutar de esta condición.

En caso de que la madre o el padre estén separados o divorciados , serán considerados como familia numerosa si sus hijos están bajo su dependencia económica, al igual que dos hermanos huérfanos, sometidos a tutela, así como tres o más hermanos huérfanos mayores de 18 años (o dos, si uno tiene discapacidad) que convivan y tengan dependencia económica entre sí.

Los hijos formarán parte de la familia numerosa cuando : estén solteros; tengan 25 años o menos y estén cursando estudios universitarios o de FP (excepto si tienen discapacidad o incapacidad para trabajar que lo serán de por vida); vivan con sus padres; y dependan económicamente de ellos. Los viudos o viudas con dos o más hijos también tienen la consideración de familia numerosa.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación