De Violencia de Género a Violencia Doméstica: lo que supone el cambio en el discurso político

Con el relevo de gobierno en Andalucía, los partidos han puesto de nuevo en la agenda política temas como la Ley de Violencia de Género de 2004

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Mara González

Si por algo sorprendieron las elecciones andaluzas del pasado mes de diciembre fue por la irrupción de Vox, que consiguió nada menos que 12 diputados en el parlamento autonómico , los que han tenido la llave para propiciar el cambio de gobierno que encabezará Juanma Moreno a partir de la próxima semana. Entre sus exigencias al Partido Popular para apoyar su investidura, una de las que más llamó la atención fue la exigencia de abolir las leyes para la violencia de género, aprobadas por consenso por los partidos del Congreso.

La posición del Partido Popular respecto a las leyes de género, sin embargo, ha sido siempre más abierta. Así las respaldaron en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género del 2004 y en las declaraciones tras las movilizaciones del pasado 8 de marzo. Sin embargo, tras el primer crimen machista de 2019, Pablo Casado viró su discurso y habló de la joven asesinada por su novio en Cantabria como «la primera víctima de violencia doméstica de 2019».

Los conceptos de violencia doméstica y de violencia de género se confunden pero son distintos. La diferencia es el papel que ocupa el individuo en el núcleo familiar: la violencia doméstica protege a cualquier miembro de la unidad familiar con el que exista consanguinidad; y la de género, a la mujer si esta ha tenido algún vínculo sentimental con el agresor. Así lo recoge la legislación española desde el año 2004, y, desde entonces, se consideran víctimas a aquellas mujeres que murieron a manos de sus parejas sin necesidad de compartir o haber compartido vivienda. Desde 2003, según datos oficiales, 976 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas. Según el último informe del Consejo General del Poder Judicial, un total de 58 hombres han muerto en ocho años a manos a manos de sus parejas, frente a 488 mujeres.

Evolución de la Ley

Hasta 2004, todos los casos de violencia sobre la mujer se juzgaban según las medidas que dictaminase la Ley de violencia doméstica o intrafamiliar. Tras el pacto de Estado contra la Violencia de Género del 2004 -aprobado por consenso por todos los grupos políticos-, a los hombres que matasen a sus parejas se les juzga con un agravante de género, ya que la Ley entiende que se comportan así porque parten de una posición de poder sobre la mujer , y por lo tanto no la tratan como un igual.

Esta diferenciación «de género» en la Ley se ha ido agrandando conforme han pasado los años. En noviembre del 2017 se llevó a cabo una modificación para considerar también víctimas de este tipo de violencia a las madres cuyos asesinatos de sus hijos han sido perpetrados por sus exparejas y tienen como fin último hacer daño a la mujer. De no ser por este cambio, mujeres como Ruth Ortiz (madre de los niños de Córdoba asesinados por José Bretón) no tendrían tratamiento como víctima de violencia de género a ojos del Estado.

A raíz de este cambio, y antes de que Vox llegara al Parlamento de Andalucía, en el Congreso se empezaba a plantear la posibilidad de cambiar de nuevo la legislación y extender el agravante de género a aquellas víctimas que no tuviesen relación sentimental con su agresor -argumento principal que diferencia la Ley de violencia Doméstica de la de Género-. De lograrlo, mujeres como Laura Luelmo o Leticia Rosino contarían directamente en las estadísticas y tendrían este estatus, tal y como fue considerada Diana Quer . Actualmente, figuran como víctimas sexuales.

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