El Supremo aumenta la pena del caso Arandina pero admite que les beneficia la ley del 'sí es sí'

La Fiscalía había pedido una condena de diez años, que la Sala Segunda rebaja a 9 bajo el paraguas de la ley Montero

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El Tribunal Supremo ha estimado el recurso del fiscal y acusaciones y ha agravado las penas a los dos condenados en el caso Arandina al suprimir una atenuante analógica que aplicó el TSJ y que dejó las penas en 3 y 4 años respectivamente. Sin embargo, impone a los acusados una pena inferior a la que habría correspondido antes de la entrada en vigor de la ley del 'sí es sí' al ser ahora menor la penalidad en un año de prisión en este caso concreto y tener que rebajar la pena en beneficio del reo. La Fiscalía pedía diez años y el Supremo impone nueve.

El Supremo señala que la ley Montero podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando caso por caso, y no de forma global, tanto en asuntos pendientes de juicio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales.

La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Ángel Luis Hurtado, que entendió que se debió mantener la atenuante analógica que ya aplicó el TSJ, con una leve reducción de penas al considerar también más beneficiosa la nueva ley.

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