La Audiencia de Navarra no ve «delitos de terrorismo» en los incidentes del 11 de marzo en Pamplona
No obstante, mantiene la prisión provisional para los tres detenidos
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra considera que los violentos incidentes producidos en Pamplona el 11 de marzo no son constitutivos de un delito de terrorismo. Por ello, ha revocado la decisión del juez de remitir la causa a la Audiencia Nacional .
La Audiencia de Navarra mantiene que los incidentes «no pueden considerarse los hechos, valorados indiciariamente como desórdenes públicos , como delito de terrorsimo». Aunque admite que parece que hubo actuación en grupo y organizada, «no existe referencia alguna a que los hechos se hubieren desarrollado en el ámbito de la actuación de una organización o grupo criminal , no existiendo concreta referencia a ninguna organización o grupo de las características contempladas en aquellos artículos, como interviniente en esos hechos objeto de dicho atestado y cuya finalidad sea la comisión de delitos de terrorismo».
Los hechos se produjeron el pasado 11 de marzo en el transcurso de una manifestación promovida por un grupo denominado ‘Errepresioari Autodefentsa’ (autodefensa contra la represión) que englobaba a distintos colectivos abertzales, entre ellos ATA, la escisión violenta de Bildu. En dichos incidentes , grupos de jóvenes atacaron a los agentes de policía con piedras que habían llevado expresamente en sacos, botellas y también con cohetes.
No obstante, aunque la pena con que se castigan los desórdenes públicos son sensiblemente inferiores a la pena que se solicita por delitos de terrorismo, la Audiencia ha confirmada la prisión incondicional para tres de los cuatro detenidos aquella tarde . El cuarto detenido fue puesto en libertad bajo custodia de sus padres ya que era menor de edad.
Esta consideración de la Audiencia de Navarra coincide con lo expresado sobre la agresión en Alsasua a dos guardias civiles y sus parejas el pasado 15 de octubre . En aquella ocasión también se consideró inicialmente como delitos de terrorismo. Sin embargo, la Audiencia de Navarra rebajó la consideración a un delito de lesiones.
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