El TSJM obliga a Carmena a readmitir a la interventora que cesó con «arbitrariedad»
Es la segunda vez que la Justicia aprecia falta de motivación en la decisión municipal. El Ayuntamiento es condenado a pagar las costas y el dinero que ha dejado de percibir
El Gobierno de Manuela Carmena deberá readmitir y resarcir económicamente a Beatriz Vigo , la interventora general que fulminó un año después de llegar al Palacio de Cibeles, en mayo de 2016. Es la segunda vez que la Justicia tira de las orejas al equipo municipal con la misma conclusión: la destitución es nula porque la decisión que adoptó fue tomada de forma arbitraria y sin atender a los procedimientos que establece la ley. A juicio de los magistrados, el demandado, el Consistorio, no ha podido demostrar en todo este tiempo que el relevo en el puesto fuera necesario. También alude al hecho de que en la sentencia apelada se apreciaba indicio de desviación de poder.
Por todo ello, l a Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento y la interventora general que Ahora Madrid seleccionó para relevar a Vigo, María José Monzón Mayo . La sentencia, que también le obliga a pagar las costas hasta un límite de 2.000 euros, no es firme: cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No obstante, hasta que éste se pronuncie, la demandante puede pedir la ejecución del dictamen y volver a ocupar su cargo.
La primera sentencia judicial que emitió el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 17 de Madrid , y que se conoció a principios de año, falló a favor de la afectada y de los recursos interpuestos por la Delegación del Gobierno y por una asociación del sector. Todos ellos reclamaban que se dejara sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno del 23 de junio de 2016, por el que el entonces delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato , destituía a la alta funcionaria del Estado. La resolución, además, obligaba a abonar a Vigo las diferencias retributivas que había dejado de percibir durante dos años y medio.
«Un proceso de mejora»
Ahora, los jueces del TSJM señalan como una de la bases de su dictamen que el artículo 92 bis de la Ley de Bases de Régimen Local prevé que el puesto de interventor tesorero se puede cubrir por libre designación, «pero con ciertas garantías». Se requiere la autorización expresa del órgano competente de la Adminitración General del Estado en materia de Haciendas locales y, para el cese, destaca, es necesario el «informe preceptivo previo del órgano competente». Por ende, «el cese de un interventor municipal nombrado por libre designación –como fue el caso de Vigo– no puede adoptarse como si fuese un puesto de confianza, de forma potestativa y en cualquier momento. En cambio, debe de estar fundado en hechos y valoraciones jurídicas y técnicas, suficientemente contrastables», zanja. S ánchez Mato no escuchó a la Comunidad de Madrid . Se saltó ese paso.
Beatriz Vigo llevaba ocupando el cargo de interventora general desde octubre de 2008. El equipo municipal justificó su destitución, como declaró la portavoz municipal, Rita Maestre , en un «proceso de mejora de los canales de los controles administrativos de los contratos», afirmando que no tenía ninguna «connotación política».
«Testigos incómodos»
Señala el TSJM que, efectivamente, se modificó el organigrama de Intervención «recolocando puestos, amortizando algunos, creando otros con incremento de retribución, suponiendo mayor gasto anual para el servicio, por importe de algo más de 167.000 euros anuales». Pero, dice contundente, «esto no significa que vayan a ser otras y distintas las funciones de la interventora general, ni que precisen especial talento que la interventora nombrada –Vigo– no demuestre».
Para el portavoz municipal del Partido Popular, José Luis Martínez-Almeida , la sentencia «confirma la ilegalidad del cese» y «acredita que hubo arbitrariedad», «una finalidad oculta, que no puede ser otra que cesar a quien velaba por defender la legalidad del gasto y la legalidad de la ejecución presupuestaria». Para el representante de los populares, «la alcaldesa no quería testigos incómodos y el TSJM acredita que ése es es el verdadero motivo por el que se la cesó».
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