Un recuento de votos en unas elecciones EFE

ABC

Las elecciones de Madrid están a la vuelta de la esquina. Estos serán unos comicios totalmente diferentes, ya que la pandemia cobra importancia a la hora de organizar, así como que caen en martes y no en domingo , día habitual de elecciones en España.

Una de las dudas que pueden surgir es qué ocurrirá con los trabajadores a la hora de acudir a las urnas. El Estatuto de los Trabajadores contempla en el artículo 37 la posibilidad de ir a votar y tener un permiso retrubuido, sin que la empresa pueda sancionar o perjudicar, además de la imposibilidad de negarse al voto.

Sin embargo, puede haber algunas compañías que deseen pedi r el justificante de votación para corroborar que el tiempo que se ha empleado ha sido el correcto.

Entonces, ¿qué documentos tengo que aportar? En su lugar, si la empresa lo requiere es necesario presentar la certificación de voto o la acreditación de la mesa electoral correspondiente. Por lo tanto, el justificante hay que pedirlo al presidente de mesa y además debe quedar firmado por este, ya que de lo contrario no tiene validez.

¿Qué ocurre si no presento el justificante? En principio no tiene por qué pasar nada, ya que habrá empresas que no lo pedirán. Pero para evitar problemas con el empleador es aconsejable que no se olvide solicitarlo en el centro electoral.

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