¿Qué cambia con el nuevo Madrid Central?

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible que introducirá cambios en el Madrid Central de Manuela Carmena

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El nuevo Madrid Central entrará en vigor el 1 de enero de 2021 EP

ABC

Madrid Central llega a su fin. El Ayuntamiento de Madrid aprobó el pasado lunes 13 de septiembre la nueva ordenaza de Movilidad Sostenible que acaba con el plan de la exalcaldesa Manuela Carmena y da paso a nuevas medidas, muy similares a las del anterior gobierno municipal, pero con cambios significativos.

Así, Madrid Central seguirá siendo Madrid Central, pero se borrarán de las calles los carteles y las marquesinas que llevaban ese nombre. Ahora, al distrito de la almendra central se le conocerá como Distrito Centro y la circulación de vehículos en la zona continuará restringida, tal y como quedó limitada por el anterior equipo de gobierno.

No obstante, la estrategia de sostenibilidad ambiental diseñada por el Ayuntamiento madrileño dirigido por el PP, que tiene como objetivo mejorar la calidad del aire de la capital, incluye ciertas modificaciones:

Circulación de vehículos A

Los vehículos sin distintivo ambiental , los vehículos de gasolina matriculados antes del 2000 y diésel antes del 2006, no podrán circular por el nuevo Madrid Central a partir del 1 de enero de 2022. Eso sí, la restricción se hará de manera paulatina. De este modo, durante el primer año los coches de tipo A de no residentes en la capital no tendrán acceso a la almendra central. En 2023 esta restricción se extenderá hasta la M-30 y en 2024 afectará a todo el término municipal .

Distrito Centro y Plaza Elíptica

Además del Distrito Centro, la conocida como almenda central, que ya quedó limitada por el Madrid Central de Carmena, la nueva ordenanza municipal incluye una nueva zona de bajas emisiones . Esta zona será la de Plaza Elíptica , 15 veces más pequeña que Distrito Centro y que engloba 17 calles del sur de Madrid.

A este área tendrán restringido el acceso los vehículos sin etiqueta tres meses después de la publicación de la ordenanza en el BOAM, es decir, en diciembre de este mismo 2021. Los residentes podrán circular sin restricciones en las 30 hectáreas afectadas.

Reducción de velocidad

La nueva ordenanza de Movilidad incluye una reducción de velocidad a 20 km/h en los entornos escolares. Solo afectará en las franjas horarias de 7.00 horas a 9.00 horas de la mañana y de 15.00 horas a 17.00 horas de la tarde, coincidiendo con la entrada y salida de alumnos de los centros.

Por otro lado, en aquellas calles de sentido único se tendrá que circular a una distancia máxima de 20 km/h, siempre que haya bolardos en las aceras. De lo contrario la velocidad será de 15 km/h.

Comercios

Con el Madrid Central de Carmena los comerciantes de la zona centro con coches sin etiquetado medioambiental tenían prohibido el acceso a la almendra. Ahora, con la nueva ordenanza, podrán acceder a la zona de bajas emisiones hasta tres vehículos , independientemente de la etiqueta que tengan.

Por otro lado, el tiempo de carga y descarga de cualquier vehículo de mercancías se amplía de 30 a 45 minutos .

Ampliación de zona SER

Siempre que haya acuerdo con la Junta de Distrito correspondiente y tras haber consultado a vecinos y asociaciones, se ampliará las zonas SER a 20 nuevos barrios . Las zonas que se incorporarán, si cuentan con el visto bueno, son: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa-Aravaca); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). Y de manera completa en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).

Por otro lado, en otros barrios se incrementa del 75 % al 80 % el mínimo de plazas verdes , destinadas a residentes.

Motos

Las motos, que podrán circular por el Distrito Centro entre las 7.00 horas y las 22.00 horas, tendrán prohibido aparcar en las aceras. Deberán aparcar siempre en las zonas habilitadas para este tipo de vehículos y, si no existen, en el espacio no reservado de la banda de estacionamiento , en forma oblicua a la acera y ocupando como máximo unos dos metros, para no impedir el paso de otros vehículos o peatones.

Bicicletas y patinetes

En lo que respecta a las bicicletas, tanto los menores de 18 años como los 'riders', independientemente de la edad que tengan, tendrán que llevar un casco homologado . Además, este tipo de vehículos podrá circular por túneles, salvo prohibición expresa, siempre que utilicen iluminación homologada. Los ciclistas tendrán que guardar una distancia de seguridad de metro y medio (hasta ahora de un metro), tanto con los peatones como con las fachadas, para evitar atropellos.

En cuanto a los patinentes, los menores de 18 años tendrán que llevar casco. Todos aquellos que utilicen este tipo de vehículos podrán ir a una velocidad máxima de 30 km/h . Se añade otra novedad: los menores de 15 años podrán montar en patinente siempre que vayan acompañados, en otro patinete, por un progenitor o tutor legal.

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