Restricciones Madrid
¿Puedo salir de Madrid? Todo lo que se puede hacer y lo que no tras el anuncio de las nuevas medidas
El Gobierno regional ha vuelto a imponer la limitación por zonas básicas de salud que implican restricciones de movilidad
Confinamiento en Madrid: estas pueden ser las siguientes zonas con restricciones

La Comunidad de Madrid ha anunciado este viernes que prohibirá, desde la tarde de mañana sábado, las reuniones sociales que no sean de personas convivientes entre las 00.00 horas y las 6.00 de la mañana para frenar los contagios de la segunda ola del Covid-19.
El anuncio ha sido realizado por el consejero de Sanidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero , que compareció en rueda de prensa para informar de las medidas que adoptará el Ejecutivo madrileño tras decaer el estado de alarma que aprobó el Gobierno central hace quince días. Ha explicado estas decisiones en una rueda de prensa junto al viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19 de Madrid, Antonio Zapatero, y la directora de Salud Pública de la región, Elena Andradas.
En cuanto a las medidas tomadas, el consejero ha indicado que la Comunidad volverá a partir del lunes al sistema de zonas básicas de salud (ZBS) para hacer frente al coronavirus y que con este criterio se aprobará una orden para llevar a cabo una «reducción drástica» de la actividad social, especialmente la nocturna. Llegados a este punto, ¿qué puedo hacer y qué no en la Comunidad de Madrid? Resolvemos las dudas.
¿Puedo salir de Madrid a partir del sábado?
La repuesta es relativa: depende. Al decaer el estado de alarma (16:47 horas) terminan las restricciones de movilidad en la capital y otros ocho grandes municipios. No obstante, entran en vigor, a partir del lunes, las zonas básicas de salud. Por lo tanto, si se reside en una zona básica de salud confinada no se puede salir de Madrid –tanto en este momento como desde el lunes–, si por el contrario no está dentro de las áreas limitadas sí se puede circular libremente sin entrar en una de las zonas restringidas, pudiendo así salir de la capital .
¿Cuándo entra cada medida en vigor?
La prohibición de reuniones en toda la región en espacios públicos y privados desde las 00.00 horas a las 6 de madrugada, a excepción de convivientes, entra en vigor cuando decae el estado de alarma (16:47 horas del sábado), además de las restricciones en las actividades económicas (cierre de hostelería antes de las 00.00 horas). Las 32 nuevas zonas básicas de salud entrar en vigor a partir del lunes a las 00.00 horas.
¿Puedo reunirme con amigos u otros familiares que no vivan conmigo a partir del sábado?
Sí, siempre que sea antes de las 00:00 horas y después de las 6 de la mañana y no se supere el límite de seis personas tanto en ámbito público como privado.
¿Se puede salir a dar un paseo durante la noche a partir del sábado?
Entre las 00.00 y las 6.00 horas quedan prohibidas las reuniones con personas no convivientes. Además, el Gobierno regional recomienda quedarse en el domicilio, pero debido al marco jurídico no puede obligar a este supuesto. Por lo tanto, estaría permitido dar un paseo durante la noche , al no estar limitada la movilidad.
¿Me pueden multar por incumplir las nuevas medidas?
Las medidas que entran en vigor a partir de la caída del estado de alarma, las de la prohibición de las reuniones sociales con personas no convivientes desde las 00.00 a las 6.00 horas deberán ser ratificadas judicialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para que tengan un respaldo legal válido. Sin embargo, las restricciones que entran a partir del lunes en 32 nuevas zonas básicas de salud sí que contarán con sanciones puesto que el TSJM ya ratificó la legalidad de estas medidas.
Limitaciones en las zonas básicas de salud
En las zonas básicas de salud confinadas, un total de 32 a partir del lunes, se establecen restricciones de movilidad y de aforos.
¿Puedo ir a trabajar o llevar a los niños al colegio si estoy en una zona básica de salud confinada?
Sí, entre los desplazamientos que se permiten están los relacionados con el lugar de trabajo o los centros escolares, además de los sanitarios, para gestiones urgentes o motivados por fuerza mayor.
¿Funcionará el transporte público en estas áreas?
Todos los transportes públicos continuarán funcionando sin ninguna restricción, y con todas las medidas de desinfección que ya se aplican en la actualidad.
¿Necesito autorización para desplazarme entre un área de salud confinada y otra que no lo está?
Deberá llevar algún documento que justifique que su desplazamiento está motivado por algunas de las causas autorizadas, como motivos laborales o pruebas médicas. Los agentes de la autoridad se lo pueden requerir en cualquier momento.
¿Qué diferencia hay en la hostelería y restauración entre un zona básica de salud confinada y otra que no lo está?
En las áreas confinadas tendrán que cerrar a las 22.00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio, mientras que en las que no lo están cerrarán a las 00.00 horas, no pudiendo aceptar clientes hasta una hora antes.
Una vez concluido el estado de alarma en los nueve municipios confinados de la Comunidad de Madrid, incluida la capital, el Gobierno regional activa de nuevo las restricciones de movilidad por zonas básicas de salud , a partir del lunes 26, para controlar la pandemia de coronavirus. Además, para toda la región, se ordena el cierre de actividades y se prohíben las reuniones de no convivientes de 0.00 a 6.00 horas, entre otras medidas de control de aforos.
El confinamiento en Madrid deja varias zonas afectadas desde las 0.00 horas del lunes 26 de octubre con restricciones de movilidad en Madrid capital: Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).
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