MADRID
Prisión para la exalcaldesa de Serranillos del Valle que compró dos bolsos con la VISA del Ayuntamiento
Olga Fernández ha sido condenada por el Tribunal Supremo a seis meses de cárcel y multa de 450 euros
![Prisión para la exalcaldesa de Serranillos del Valle que compró dos bolsos con la VISA del Ayuntamiento](https://s3.abcstatics.com/media/espana/2018/07/17/tribunal-supremo-k69--1248x698@abc.jpg)
La exalcaldesa de la localidad madrileña de Serranillos del Valle, ha sido condenada por el Tribunal Supremo a seis meses de prisión y una multa de 450 euros por un delito de malversación. Olga Fernández compró con una tarjeta VISA Oro, de la que era titular el Ayuntamiento de dicha localidad, dos bolsos en una tienda de la calle Serrano por un importe de 370 euros.
La acusada el 7 de octubre de 2010 acudió al establecimiento «Purificación García» de la calle Serrano, en Madrid, donde adquirió dos bolsos por 370 euros en total. Aprovechándose de su condición de alcaldesa , utilizó para pagar el importe de los bolsos con una tarjeta VISA Corporate Oro.
La Sala de lo Penal ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial y, al considerar que la exalcaldesa, que ocupó el cargo entre 2003 y 2010, destinó dinero público a un fin particular , se le acusa de un delito de malversación y se le ha impuesto una pena de prisión de seis meses y una multa de 45 días con una cuota diaria de diez euros. Además, la resolución indica que la acusada no reintegró el importe correspondiente a la compra de los bolsos dentro de los diez días siguientes a la incoación del procedimiento.
Posteriormente, procedió a ingresar como indemnización al Ayuntamiento de Serranillos del Valle los 370 euros, en concepto de responsabilidad civil, cuando fue requerida para que prestara fianza en cuantía suficiente para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse procedentes. La sentencia de la Audiencia Provincial tuvo en cuenta la circunstancia atenuante de reparación del daño .
La sentencia del Supremo afirma que la escasez de la cuantía determina la aplicación del tipo atenuado del delito de malversación del artículo 433 del Código Penal (previsto cuando el valor de los bienes apropiados sea inferior a 4.000 euros), pero no la inexistencia del perjuicio ni el hecho de que el importe inferior a 400 euros supone que deba aplicarse un inexistente delito leve .
La sentencia emitida en 2016 mediante tribunal jurado fue confirmada primero por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ahora por el Tribunal Supremo. En su declaración durante el juicio celebrado en 2016, la exalcaldesa alegó que los dos bolsos que compró eran gastos de representación incluidos en una partida del presupuesto. También, que eran un obsequio para unas funcionarias de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid por realizar una orden de pago de las nóminas de los empleados.
En el juicio, la Fiscalía solicitó para ella dos años de prisión y suspensión de empleo o cargo público durante ese mismo periodo de tiempo.
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