Otro juez considera legal el permiso de dos meses para llevar la basura del Este a Valdemingómez

El magistrado arguye que las acusaciones por desviación de poder que emite la Fravm son «meras opiniones subjetivas»

Varios camiones acceden a la planta de residuos de Valdemingómez EFE

M. R. Domingo

La decisión de acoger de manera temporal las basuras de la Mancomunidad del Este en el vertedero de Valdemingómez fue tan polémica que se demoró hasta casi la fecha de colmatación. Ante la falta de margen temporal para aprobar antes de que colapsase un convenio de colaboración entre las tres administraciones implicadas, el Ayuntamiento de Madrid autorizó el traslado durante dos meses de forma provisional. Pese que el Juzgado 31 de lo Contencioso-Administrativo declaró nulas estas actuaciones por cuestión de forma, ahora otro juez, el del Juzgado número 4, ha desestimado el recurso de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (Fravm) que impugnaba los permisos verter los residuos desde el 28 de diciembre de 2019 hasta el 24 de febrero de 2020.

En una sentencia fechada el pasado 28 de junio a la que ha tenido acceso ABC, el magistrado desestima el recurso y considera «ajustadas a Derecho» las resoluciones municipales. El juez hace una interpretación normativa que tiene en cuenta las circunstancias que se produjeron. Señala que no era necesaria, según la normativa aplicable, la documentación que reclamaba la Fravm, para las autorizaciones provisionales recurridas.

«Opiniones subjetivas»

La federación vecinal alegaba que los permisos no iban acompañados de «los preceptivos informes técnicos», que no constaba «acto administrativo alguno del Ayuntamiento de Madrid que aprobase dicha actuación» ni de la Comunidad de Madrid , y acusaba de haberse producido «desviación de poder y actuación por órgano manifiestamente improcedente». El juez considera que, como establece el Supremo, es quien acusa de desviación de poder quien debe justificarlo con hechos concretos, sin embargo, en este caso valora que el recurrente basa sus argumentos y acusaciones en «meras opiniones subjetivas o suspicacias interpretativas».

Además, el magistrado arguye que la decisión de otorgar las autorizaciones para entrar en Valdemingómez era «la única alternativa posible y encontraba el necesario amparo legal». El magistrado fudamenta, asimismo, que las administraciones deben cooperar entre sí y que de este deber deriva la obligación de «proporcionar recíprocamente auxilio».

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