Mi matrícula acaba en 0: ¿Puedo circular durante el episodio de contaminación?
El Escenario 3 del protocolo contra la contaminación despierta numerosas preguntas entre los conductores. Resolvemos algunas de estas cuestiones
El Escenario 3 del protocolo contra la contaminación, que entra en vigor este jueves, despierta varias dudas entre los conductores. Estas son las preguntas más frecuentes:
Mi matrícula acaba en 0: ¿Puedo circular?
Las matrículas cuya terminación es 0 están consideradas como par, por lo que solo pueden circular los días par. Es decir, el jueves no pueden, salvo que estén en las excepciones previstas.
Si llevo un tercer ocupante, ¿qué me afecta?
La restricción permite circular a vehículos con más de tres ocupantes con independencia de la matrícula, par o impar, y del día.
Salgo a cenar a las 22 h. en día de matrícula par, y vuelvo a las 00.30, de día impar, ¿qué ocurre?
No estás afectado por el cambio de matrícula según el día, par o impar. El horario es siempre de 6.30 a 21 horas. Si trabajas entre las 00 y las 6.30 y cuentas con una acreditación, puedes coger tu coche al finalizar tu jornada.
Tengo un coche eléctrico, ¿qué medidas me afectan?
Solo afecta el límite de velocidad a 70 kilómetros por hora. Los vehículos con la etiqueta de «cero emisiones» están libres de pagar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) y de la prohibición de circular en la almendra central y la M-30.
¿Y si utilizo una moto o un coche híbrido?
Las motocicletas, triciclos y ciclomotores están sujeros a las mismas restricciones que los eléctricos. Los híbridos o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido no podrán aparcar en la zona SER pero sí circular durante la restricción del tráfico.
Estoy de vacaciones en Madrid y he alquilado un coche, ¿puedo circular?
Los coches de alquiler están sujetos a las mismas normas que el resto. No podrán circular, salvo que sean eléctricos o que tengan la matrícula permitida en cada día. Si alquilas un vehículo con chófer, tampoco puedes circular pero sí aparcar en la zona del SER si el conductor está presente en el coche.
¿Qué multa recibiré si no respeto esta restricción?
El cierre del tráfico al 50%, ya sea en la almendra central o en la M-30, implica una sanción de 90 euros, la misma que por mal aparcamiento.
¿Quiénes sí pueden circular con independencia de su matrícula o del día?
Bicicletas; transporte colectivo; «cero emisiones» e híbridos; personas con movilidad reducida siempre que se lleve al titular de la autorización; servicio público; comercials e industriales; motos; mudanzas; vehículos del parque auxiliar de empresas públicas; autoescuelas; funerarias, grúas y retransmisión audiovisual.
¿Cuándo se activa el protocolo?
Las restricciones se activan cuando los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2) superan los límites previstos y cuando las condiciones meteorológicas son desfavorables, a juicio de la Agencia Estatal (Aemet).
¿Qué restricciones prevé?
Cuenta con cuatro escenarios: limitar la velocidad a 70 kilómetros por hora en la M-30 y accesos; prohibir aparcar en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER); restringir la circulación al 50% de los vehículos en el centro según la matrícula, par o impar, y el día; y la extensión de esta última a todo el anillo de la M-30.
Si los niveles de NO2 son altos, ¿se aplicarán varias restricciones de golpe?
No. El protocolo estipula que siempre debe comenzarse por la limitación de velocidad y, si aumentan los índices, aplicar el resto progresivamente.
¿Quién está exento de la prohibición del SER?
Los residentes; comerciales e industriales con autorización; los autotaxis con conductor; mudanzas y coches oficiales; transporte de personas con movilidad reducida; Emergencias y unidades de retransmisión audiovisual.
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