La Fiscalía pide la absolución de los seis acusados en el «caso espías» de la Comunidad de Madrid
Considera que no existe ninguna infracción penal en los supuestos seguimientos a distintos políticos madrileños
![La Fiscalía ya solicitó en 2016 el archivo del Caso espías en la Comunidad de Madrid](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2019/02/01/caso-espias-madrid-kmME--1248x698@abc.jpg)
La Fiscalía Provincial de Madrid considera que no existe ninguna infracción penal en los supuestos seguimientos a distintos políticos de la Comunidad de Madrid. Por ello pide la libre absolución de las seis personas que están acusados en el conocido como «caso espías»: Manuel Sergio Gamón Serrano, José Luis Caro Vinagre, José Oreja Sánchez y José Manuel Pinto Serrano. El juicio comienza el próximo día 4 de febrero, en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid.
Las acusaciones personadas en la causa imputan a Sergio Gamón Serrano , ex Director General de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid; a Miguel Castaño Grande, ex subdirector General de Seguridad; a José Manuel Pinto Serrano, Técnico Especialista de Seguridad; y a los Asesores de Seguridad, José Luis Caro Vinagre , José Oreja Sánchez y Antonio Coronado Martínez , el haber efectuado, entre los meses de marzo a mayo de 2008, «seguimientos» a Alfredo Prada Presa, ex Vicepresidente Segundo, Consejero de Justicia y Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid), y a Manuel Cobo Vega , ex Vicealcalde del Ayuntamiento de Madrid), habiendo utilizado para ello vehículos, cámaras y teléfonos móviles corporativos propiedad de la Comunidad de Madrid, así como haber percibido nóminas y dietas destinadas a la remuneración de sus servicios durante el desarrollo de dicha actividad.
En una nota informativa, explica que para la Fiscalía no ha quedado acreditada la intención de los acusados de utilizar o destinar medios públicos a usos ajenos a la función pública puesto que no han realizado y ni siquiera han ordenado «intencionadamente» ninguna actuación que no formase parte de las funciones públicas que les estaban encomendadas y, «consiguientemente, no se ha generado perjuicio alguno a la Comunidad de Madrid ». Es más, señala que se han aportado al procedimiento documentos donde constan «supuestos» partes de seguimiento, que no han sido obtenidos de expedientes administrativos, «sino que han sido aportados al proceso por el periodista, sin que tales partes respondan a seguimientos reales realizados, pudiendo haber sido elaborados con un interés espurio por la persona que los entregó al citado periodista».
También recuerda que tres de los acusados (José Oreja, José Luis Caro y Antonio Coronado) tenían dentro del desempeño de las funciones como asesores de seguridad la de controlar numerosos edificios públicos donde se ubicaban las distintas Consejerías de la Comunidad de Madrid, y otros organismos y sedes oficiales “lugares donde solían acudir las personas a las que supuestamente se realizaban los seguimientos, lo que determinaba que en ocasiones el posicionamiento de los teléfonos utilizados por los acusados pudiera coincidir con la ubicación de alguna de las personas objeto de los presuntos seguimientos”.
Por último añade que: «Los posicionamientos de los teléfonos de los acusados obtenidos a través de las antenas BTS de Teléfonica no permiten determinar de forma precisa y exacta la posición física real de los teléfonos móviles, dado que, debido a la saturación, en ocasiones la señal de los teléfonos se redirige a otras antenas más alejadas de su ubicación real».