CORONAVIRUS
Cómo se puede circular por Madrid
La restricción de movimientos por el estado de alarma solo permite desplazarse para aquellas actividades imprescindibles
![La calle de Serrano, vacía tras el decreto del estado de alarma por el coronavirus](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2020/03/18/circulacion-madrid-kmWH--1248x698@abc.jpg)
El Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para hacer efectivo el estado de alarma por el coronavirus es claro: la libertad de la circulación de personas queda limitada. Mientras dure esta situación excepcional, solo se podrá circular por las vías de uso público para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y artículos de primera necesidad —periódicos y tabaco—, asistir a los centros sanitarios, desplazarse al lugar de trabajo y regresar a casa, asistir a personas vulnerables (mayores, dependientes, discapacitados) y desplazarse a entidades financieras y de seguros.
El decreto también permite el movimiento « por causa de fuerza mayor o situación de necesidad», así como «cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente , salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada», detalla el texto oficial.
Así, los vehículos particulares podrán circular, siempre que sea para realizar las actividades mencionadas y para repostar en las gasolineras. Eso sí, en todo momento deberán respetarse las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Estos días, los agentes de Policía , que supervisan las calles y el cumplimiento de las restricciones, paran e informan a los conductores de la forma correcta de circular. Las personas deben viajar solas y, en caso de acompañar a personas con discapacidad, estas deberán sentarse en los asientos traseros. Cuando sea así, es recomendable que todos los pasajeros lleven mascarilla.
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