Cómo conseguir las becas infantiles de 100 a 200 euros mensuales del Ayuntamiento de Madrid

Cerca de 2.400 familias empadronadas en Madrid capital se podrán beneficiar de las ayudas para el curso 2019-2020

La vicealcaldesa y el delegado de Familias visitan la Escuela de Educación Infantil Las Azaleas, en Ciudad Lineal AYUNTAMIENTO

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Cerca de 2.400 familias empadronadas en Madrid capital se podrán beneficiar de las becas infantiles del Ayuntamiento para el curso 2019-2020 , cuyo plazo de solicitud arranca hoy y durará hasta el 31 de enero. Una vez resueltas se abonarán en un único pago y tendrán carácter retroactivo. Estos son los requisitos para solicitarla:

Destinatarios de las ayudas

Familias con niñas y niños de 0 a 3 años ya escolarizados en centros privados de Educación Infantil ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa.

Importe de la beca

-200 euros mensuales durante un máximo de 11 meses, para las familias con rentas per cápita iguales o inferiores a 9.473,01 euros

-100 euros mensuales durante un máximo de 11 meses, para el resto de las familias.

Cómo se cobra

Resuelta la convocatoria, se realizará un único pago a las familias con el abono de la beca que le corresponda mediante transferencia bancaria, con efectos retroactivos desde septiembre de 2019. Esta ayuda es incompatible con otras ayudas para la escolarización que pudieran conceder otras administraciones públicas para el curso 2019/2020.

Requisitos

Sólo podrán ser beneficiaros de las becas las familias con niñas o niños de 0 a 3 años que tengan el domicilio familiar en el municipio de Madrid. Deberán estarr matriculados en el curso 2019/2020 en centros de titularidad privada ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.

También tendrán que haber solicitado y no haber obtenido plaza en la red pública municipal del Ayuntamiento de Madrid o en las plazas en escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos municipales para el curso 2019/2020. No podrán haber percibido de otra administración pública para el curso 2019/2020 otra ayuda para la escolarización de la niña o niño para quien se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria ni tampoco ocupar plazas sostenidas con fondos públicos.

Se excluyen a las familias que tengan pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos y que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

Plazao y forma de presentación de las solicitudes

Pueden solicitar la ayuda la madre, padre, tutor/a o representante legal de la niña o niño en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.

–Electrónicamente: accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Con certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

–Presencialmente: en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación necesaria

Firma del otro progenitor. Excepto familias monoparentales o excepciones incluidas en instrucciones de la solicitud.

–Certificado de matriculación del niño para cuya escolarización se solicita la ayuda.

–Documentación acreditativa de la fecha de nacimiento y filiación de la niña o del niño (fotocopia del libro de familia, partida de nacimiento o documento similar).

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