El Ayuntamiento de Madrid prohíbe abordar a los viandantes para repartir publicidad
La nueva ordenanza limita hasta las 22 horas la instalación de pantallas led en los comercios e impide que emitan sonido
Repartir publicidad en la calle al asalto del viandante estará prohibido a partir de ahora. Así lo recoge la nueva ordenanza de Publicidad Exterior , que este jueves ha aprobado la Junta de Gobierno y que entrará en vigor en cuanto sea publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
El escrito también regula la instalación de pantallas digitales en los comercios, que no podrán superar los 30 metros cuadrados ni estar encendidas después de las diez de la noche . En cada local sólo podrá colocarse una por planta y fachada y todas ellas deberán contar con un sensor crepuscular. No podrán emitir sonidos ni se permitirá su instalación en edificios protegidos como Bien de Interés Cultural (BIC) y en conjuntos históricos. Anuncios lumínicos como el del edificio Capitol o el del Tío Pepe, al ser considerados históricos, están exentos.
El texto municipal permite un tiempo transitorio de un máximo de 24 meses desde la entrada en vigor de la norma para que los comercios adapten sus pantallas a la ordenanza.
Además, se han introducido nuevas limitaciones para los toldos publicitarios que recubren andamios para que no se excedan en el tiempo estrictamente establecido para la realización de los trabajos. Asimismo, se prohíbe fijar el cartel en árboles.
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