Archivado el caso ITV al acreditar que la alcaldesa de Móstoles y ediles no causaron perjuicio a las arcas públicas

La jueza concluye que el acuerdo con la empresa «respeta la legalidad y la normativa vigente»

La alcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, durante un acto institucional Guillermo Navarro

EP

El Juzgado de Instrucción número 1 de Móstoles ha archivado el denominado caso ITV en el que se investigaba a varios ediles de la Junta de Gobierno y a la alcaldesa de la localidad, Noelia Posse , por la condonación de una deuda de 2,4 millones de euros a una empresa privada.

En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, la jueza acuerda el sobreseimiento provisional de la causa al constatar «que en ningún momento ha existido voluntad por parte de la Junta de Gobierno Local de causar un perjuicio para las arcas públicas».

El procedimiento tiene su origen en la querella presentada contra la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Móstoles, el tesorero municipal y la mercantil IRV Móstoles SL por la presunta comisión de un delito de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos .

La querella la presentó Más Madrid Ganar Móstoles, al entender que se habían perdonado tributos a una empresa concesionaria de una ITV en la localidad.

En su declaración, la alcaldesa de Móstoles y los ediles investigados defendieron la legalidad de las actuaciones llevadas a cabo y mostraron su confianza en que se archivara el caso.

La magistrada subraya en el auto que no hay delito de malversación en el acuerdo que alcanzó la corporación municipal en relación a la empresa de ITV señalada en la querella porque éste «respeta la legalidad y la normativa vigente», además de considerar que con él «se evitó que la mercantil querellada fuera declarada en concurso de acreedores, con el perjuicio que ello hubiera supuesto».

En la misma línea, la juez concluye que tampoco se está ante un presunto delito de prevaricación, porque, a su juicio, la existencia de informes desfavorables al acuerdo alcanzado « no es motivo suficiente para considerarse que se está en presencia de hechos penalmente relevantes».

Aduce que los propios querellantes «en ningún momento impugnaron en vía administrativa lo que devino en firme», sino que interpusieron una querella, algo «meramente instrumental para intentar conseguir lo que no se hizo utilizando el procedimiento legalmente establecido».

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