40 años de la firma de los Pactos de la Moncloa, las «reformas para la nueva realidad democrática»
Los dos acuerdos firmados el 25 de octubre de 1977 buscaban asentar los valores democráticos y solucionar la grave crisis económica de la época
«Los partidos políticos con representación en el Parlamento recibieron, en la noche del pasado lunes, un informe de 20 folios de extensión en los que se contienen los objetivos de la política legislativa a corto plazo. Este texto político, del denominado "pacto de la Moncloa", fue estudiado ayer en la reunión que se celebró en la sede de la Presidencia del Gobierno con los representantes de estos partidos». Así arrancaba la noticia del diario ABC del miércoles, 26 de octubre de 1977 que informaba de la firma de los acuerdos que pasaron a la Historia como los «Pactos de la Moncloa».
Los acuerdos han pasado a la Historia, no solo por las reformas económicas en profundidad que se llevaron a cabo, sino más bien, por las reformas democráticas que incluian. El Ejecutivo de UCD presidido por Adolfo Suárez, que gobernaba sin mayoría parlamentaria desde las elecciones de 1977, celebradas cuatro meses antes, auspició un acuerdo que contó con el apoyo del PSOE, los socialistas catalanes, los comunistas, los nacionalistas catalanes y vascos y la Alianza Popular de Manuel Fraga.
Los pactos se basaron en dos acuerdos . Uno de carácter económico, que buscaba resolver la grave crisis económica que asolaba el país, y otro de carácter político, que recogía el corpus general del sistema democrático al que se dio paso tras 40 años de dictadura.
Grave coyuntura económica
España atravesaba en octubre de 1977 una crisis económica derivada de la crisis energética de 1973 y cuya inestabilidad hacía peligrar seriamente la transición a la democracia que había comenzado, no sin dificultades, unos años antes. Los datos arrojaban más de 700.000 parados, una inflación de casi el 30 por ciento y un sector exterior bastante deficitario.
Bajo el título «Plan de Saneamiento y Reforma Económica» los firmantes apoyaron la reforma del sistema fiscal y financiero y de la Seguridad Social, así como mayores grados de competencia en muchos sectores, con el fin de adaptar España a un modelo de economía de mercado , e impulsaron medidas para reducir el déficit de la balanza de pagos y rebajar la inflación hasta un nivel del 15 por ciento en 1978 y del 12 por ciento en 1979.
En materia de retribuciones salariales, dispusieron que el incremento de los salarios no superara al del Índice de Precios al Consumo (IPC) en 1978 y fijaron para el año siguiente una mejora salarial del 15 por ciento, superior en tres puntos a la inflación prevista.
Promovido directamente por el economista Enrique Fuentes Quintana –a quien Suárez había confiado la Vicepresidencia Segunda de su Gobierno– y cuestionado en un primer momento tanto por UGT como por la recién nacida CEOE, aquel primer gran pacto económico de la democracia española fue inmediatamente aprobado por el Congreso de los Diputados y ratificado por el Senado días después.
Reticencias de Alianza Popular y PSOE
En materia política, AP se opuso a diversos puntos, especialmente sobre orden público , en la redacción de aquel segundo documento, suscrito el 27 de octubre, que garantizó el derecho a la libertad de expresión y en el que se recogió la reforma del derecho de reunión y de asociación política, así como la modificación de la ley de Orden Público y del Código Penal en lo referido a la mujer y las libertades públicas.
Dos días antes, Fraga sí participó en la firma del documento económico junto a Adolfo Suárez y Leopoldo Calvo-Sotelo (UCD), Felipe González (PSOE), Santiago Carrillo (PCE), Josep María Triginer (Federación Catalana del PSOE), Joan Raventós (PSC), Enrique Tierno Galván (PSP), Miquel Roca (Minoría Catalana del Congreso) y Juan Ajuriaguerra (PNV).
El PSOE, por su parte, presentó seis folios de correcciones al documento político, entre las que destacan las recogidas en el decreto de manifestación, donde el PSOE pedía la inclusión de la posibilidad de limitar legalmente el ejercicio de dicho derecho, «posibilitando la finalidad de exteriorización del objeto de la manifestación».
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