El Supremo impone 12 años de cárcel a un fraile gallego por abusar de una menor y su primo discapacitado

El tribunal confirma la sentencia de la Audiencia de Lugo contra el religioso

Quintela, fotografiado en 2010 en O Cebreiro, cuatro años antes de los hechos EFE

Esta funcionalidad es sólo para registrados

En el caso de este fraile no solo se cumple con creces la máxima de que el hábito no hace al monje, si no que José Quintela Arias, pastor de O Cebreiro, se valió de su condición de religioso para abusar sexualmente de dos víctimas indefensas . La Audiencia de Lugo no le juzgó y condenó a doce años de cárcel por su apariencia y atuendo, sino por unos hechos muy concretos: los abusos sexuales que perpetró a una menor, de 16 años, y al primo de esta, de 20, ambos con una discapacidad intelectual . Lo hizo aprovechándose de la diferencia de edad –él tenía 56 años entonces–, de la vulnerabilidad económica de las víctimas –les daba dinero para que callasen– y de la superioridad que el hábito le otorgaba. Así lo concluyó la Audiencia en su sentencia en 2019, que ahora confirma punto por punto, el Supremo, tumbando todas las alegaciones de su defensa .

El verano anterior el franciscano había contactado por Facebook con la menor, que vivía en un pueblo cercano. Fue ganándose poco a poco su confianza , hasta que ya en septiembre de 2014 le propuso, ofreciéndole dinero, que le acompañara a la casa familiar que tenía en A Pobra de Trives (Lugo) para que le ayudase a limpiarla. Al llegar, la menor se sorprendió de que la vivienda estuviera totalmente recogida y arreglada, ante lo que el religioso se excusó diciendo que se sentía solo y necesitaba desconectar y a alguien con quien charlar de sus cosas. Fue ese el escenario de los primeros abusos: por la noche se metió en su cama, besándola y haciéndole tocamientos. Ella le dijo que parase, y él al día siguiente le dio cien euros .

Abusos repetidos

Después de ese primer episodio ella dejó de contestar a sus mensajes, pero José Quintela acabó convenciéndola de nuevo para volver a la casa familiar de Trives. Allí se repitieron los abusos, que acabaron teniendo un nuevo escenario: la misma sacristía del Santuario de O Cebreiro. Y tampoco cesó la entrega de dinero, en ocasiones cien euros, 200 otras veces, llegando a darle incluso hasta 300 o 400 euros. La sacristía fue también escenario de diversas retratos pornográficos que el fraile instó a que se tomasen juntos.

Pero a Quintela todo aquello no le pareció suficiente, y propuso a la menor que buscase a una tercera persona para hacer «más interesantes» aquellos encuentros . Ella se lo comentó a su primo, también con una minusvalía psíquica. El fraile se llevó a los dos a la casa de Trives, abusando también del joven, pero en menor medida que de ella. Y luego les dio 150 euros cada uno «para que se callasen la boca» .

La Audiencia le condenó en 2019 por todo esto a doce años de prisión y a indemnizar con 2.500 euros a ella y 2.000 a él, por los daños morales. La defensa del monje presentó contra esta sentencia un recurso de casación por quebrantamiento de forma, tumbado ahora en su integridad por el Supremo.

La defensa del fraile ponía en duda, por ejemplo, la imparcialidad del juez , al que señalaban por su papel, muy participativo, durante el interrogatorio a las víctimas, dada las dificultades de sus declaraciones. El TS niega la mayor y recuerda que el juez es «algo más que una esfinge», y que «imparcialidad no implica pasividad» . Ante la queja de la defensa, también confirma que el fraile se sirvió del dinero que les daba «como herramienta de atracción y convicción psicológica» .

Y la «condición religiosa», que no solo hacía que a ella le pareciera una «persona segura», sino también a ojos de los familiares, que quedaban tranquilos cuando iba con él: «No es posible minorar la importancia y relevancia que su posición de franciscano tenía a la hora de trasladar seguridad y relevancia» , concluye el Tribunal Supremo. El hábito no hizo al monje, y el fraile se sirvió del hábito.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación