TRIBUNALES

Pena de cárcel para un cabo del Ejército que rompió una costilla a una soldado durante un «bautismo»

El Tribunal Militar sentencia a un militar de la Brilat a doce meses de cárcel, indemnizará con 6.000 euros a la víctima y ordena investigar estos actos a los que se somete a los «novatos»

Imagen de archivo de efectivos de la Brilat camino a una misión internacional EFE

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Era, en apariencia, una inofensiva novatada a los militares de nueva incorporación, pero acabó con una soldado con una costilla rota por un puñetazo propinado por un superior . Y ahora un Tribunal Militar acaba de condenar al cabo responsable de los hechos a un año de prisión por un delito de abuso de autoridad y otro de lesiones, que además habrá de indemnizar con 6.000 euros a la víctima en concepto de responsabilidad civil, quien abandonó las Fuerzas Armadas tras este incidente.

Los hechos se remontan al 20 de junio de 2018, durante las fiestas de aniversario de la Brilat en su base de Figueirido (Pontevedra). El día antes, según recoge la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Cuarto, se realizó lo que comunmente se conoce como el acto del «bautismo» militar , en el que «el personal recién llegado bebe cerveza tumbado en una mesa, utilizando la "galleta" o distintivo de empleo a modo de embudo, y tras la ingesta, el compañero de su mismo empleo más antiguo» le vuelve a colocar la gallega sobre el velcro del uniforme «y le da sobre ella un golpe con el lateral del puño cerrado». No obstante, ese 20 de junio un cabo decidió por su cuenta que «se había hecho distinción entre hombres y mujeres» durante el «bautismo» del día anterior, «ya que creía que las mujeres habían sido golpeaas de maner más leve», y consideró que estaba en su mano corregir esa desigualdad.

Así, «sin contar con la autorización de su capitán de Compañía ni de ningún otro mando», este cabo «hizo llamar a los soldados» para que lo acompañasen a las dependencias de la furrilería en que estaba destinado para un nuevo «bautismo», pero en esta ocasión el golpe no se propinaba con el lateral sino «con el frente del puño» . Una de las soldados que participó del acto «recibió el puñetazo en el pecho, que fue un golpe fuerte, hasta el punto que se tambaleó hacia atrás (...), sintiendo un fuerte dolor», que no remitió en días posteriores, y el 11 de julio fue diagnosticada en una clínica de Vigo «de una posible fractura costal», confirmada con una radiografía: «Fractura costal C2 izquierda en fase de consolidación ósea» . La soldado acudió a los servicios médicos de la unidad para «solicitar un rebaje de ejercicio físico», pero no reveló el origen de la lesión al Teniente Médico, lo que sí hizo con el Capitán Enfermero, ante el que «se derrumbó» y confesó lo sucedido. Estuvo de baja hasta el 19 de octubre, cuando recibió «el alta médica para el servicio sin ninguna limitación».

Sin embargo, la denuncia pública provocó que la soldado «sintiera el rechazo de sus compañeros y el malestar por todo lo que había ocurrido, sintiéndose intranquila, incómoda y preocupada por la situación en que se encontraba y decepcionada con el funcionamiento de su destino». «Todo lo ocurrido (...) le generó un malestar anímico y una preocupación y, finalmente, influyó de forma importante, en su pérdida de vocación como militar» y tuvo «mucha incidencia en su decisión de desvincularse de las Fuerzas Armadas».

La Sala rechazó el argumento de la defensa del cabo respecto a que la conducta del «bautismo» es una tradición que se viene realizando desde hace años, y de hecho en la sentencia ordena la apertura de diligencias de investigación sobre los hechos ocurridos en aquel junio de 2018 . «Agredir a un subordinado durante el desempeño de sus funciones, en presencia de otros miembros de la Unidad, aunque sea so pretexto de la realización de una "novatada", "bautismo" o "práctica iniciática" que este pudiera asumir de forma voluntaria es una conducta grave», manifiesta el tribunal, «especialmente porque los que asumen dicha conducta son novatos que se encuentran bajo la presión del grupo, no están en condiciones de negarse a realizar dicha conducta , ya que quieren pasar el proceso sin llamar la atención y se encuentran en un momento de especial vulnerabilidad».

«El hecho de que un novato se preste a la realización de este tipo de conducta no la legitima en absoluto, y ha de ser el superior o compañero con mayor antigüedad en el destino, quien no se ha de prevaler de su veteranía o antigüedad para realizar una conducta ilegítima», concluyen los magistrados. «La relación de jerarquía militar bajo el marco de un respeto a la dignidad de la persona es un elemento estructural de la disciplina, obligando a todo superior a observar un comportamiento correcto y deferente hacia sus subordinados en concordancia con el respeto y obediencia que estos deben al primero», añade.

El Tribunal dio plena validez al testimonio de la denunciante, «corroborado por otros medios de prueba», al tiempo que confirmado «de forma rotunda e indubitada» por distintos testigos durante la vista oral. Por todo ello, condenó a nueve meses de prisión al cabo por un delito de abuso de autoridad en su modalidad de maltrato de obra, con la correspondiente suspensión militar de empleo, así como a tres meses de prisión por un delito de lesiones. Además, le impuso el abono de una indemnización por daños físicos y morales de 6.000 euros. El TSXG ha informado de que esta sentencia, dictada el pasado 5 de febrero en La Coruña, se encuentra recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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