OPERACIÓN POKEMON

Otra juez de Santiago le devolvió una causa a De Lara por enviársela con cuatro años de retraso

La titular de Instrucción nº1 de Compostela rechazó la inhibición de la juez de Lugo tras reconocerse «imposibilitada» para reconocer qué se perseguía y quiénes eran los investigados

Fachada de los juzgados de Santiago de Compostela, en el barrio de Fontiñas M. MUÑIZ

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La titular del Juzgado de Instrucción nº1 de Santiago de Compostela , Ana López-Suevos, dictó el pasado 22 de mayo un auto rechazando otra inhibición realizada por Pilar de Lara para que investigara una de las piezas separadas de la «operación Pokemon». De nuevo, al igual que sucedió con otra pieza de esta misma trama que recayó en Instrucción nº3 , una demora de cuatro años. La causa se recibió en Compostela el 21 de mayo de este año, después de que De Lara decretara su inhibición el 26 de mayo de 2014, si bien no procedió al envío de la misma hasta el 5 de abril de 2018. La respuesta dada por López-Suevos es la misma que la de su colega del nº 3: devolver a Lugo «las actuaciones recibidas» .

La instructora de Santiago, en su breve auto, pone de relieve que en el auto de mayo de 2014 que decretaba la inhibición en favor de los juzgados compostelanos «se hacía constar una relación de delitos que eran objeto de ese procedimiento, así como una enumeración de investigados», pero como «la causa siguió instruyéndose por un plazo de cuatro años» , el análisis de los 77 tomos aportados «permite observar» que durante todo ese tiempo «se dedujeron testimonios e informes razonados en relación con algunos presuntos hechos delictivos y personas investigadas que aparentemente fueron objeto ya de inhibición a otros órganos judiciales».

«La consecuencia de todo lo anterior es que este juzgado se encuentra imposibilitado de conocer cuál es el objeto y los sujetos investigados en la causa inhibida, pues obviamente, después de cuatro años de instrucción, tanto los hechos y los delitos pueden haberse descartado o confirmado, o incluso añadido otros nuevos, y el número de sujetos investigados puede haberse alterado», manifiesta López-Suevos. «Nos resulta imposible determinar, con la simple lectura de las actuaciones, qué hechos y qué delitos se imputan a cada quien» , concluye.

Como apostilla, la juez de Santiago entiende que «no puede aceptarse la inhibición de la causa» , salvo que «esta se remita acompañada de un auto de fecha actual que concrete los extremos referidos y nos permita valorar si este Partido Judicial, y por tanto este juzgado, es competente para conocer la causa».

La pieza que cayó en manos de López-Suevos era la quinta que se desgajaba de la causa central de la «operación Pokemon», y se refería a las «presuntas irregularidades cometidas en diversas concejalías del Ayuntamiento de Santiago y por diversos concejales y funcionarios» durante la pasada legislatura.

Entre los hechos investigados, De Lara señalaba «la ilícita adjudicación de un contrato de servicios» a una empresa para que gestionara las multas, irregularidades en la compra de autobuses para la flota municipal «a favor de la empresa Talleres La Campiña SL», información privilegiada a determinadas empresas que concurrían a adjudicaciones del concello, la posible financiación irregular del PP de Compostela, la «contratación de enchufados por empresas concesionarias de obras y servicios» , la recepción de regalos, la retirada de multas o la situación urbanística de la Finca do Espiño.

En su auto de inhibición, De Lara enumeraba además a los once investigados en la pieza, entre los que destacaban el exalcalde Gerardo Conde Roa, su exasesor Ángel Espadas, los exconcejales Albino Vázquez y Adrián Varela o el exedil socialista Bernardino Rama. Precisamente este último aparecía también en la pieza devuelta por Instrucción nº3 de Santiago, y que investigaba la supuesta financiación ilegal del PSOE de Compostela en la última etapa de Sánchez Bugallo como alcalde , a través de una presunta trama de facturas falsas de una imprenta. El juez Lago Louro replicó a De Lara que consideraba que los hechos relatados en esta pieza estarían prescritos.

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