Testamento vital
Más de 8.300 gallegos han ordenado límites a su atención médica final
El registro gallego custodia las instrucciones dictadas por los usuarios en previsión de un momento vital en el que no puedan decidir sobre las opciones disponibles para sus cuidados. Un apartado en la historia clínica personal indica al equipo médico que el paciente ha dictado indicaciones
![Una trabajadora sanitaria preparando una cama de hospital](https://s3.abcstatics.com/media/espana/2019/03/19/camahospital-kHUB--1248x698@abc.jpg)
En paralelo al continuo avance de la ciencia médica en los últimos años eclosionó una nueva conciencia sobre el protagonismo del paciente en la toma de las decisiones de salud que le atañen y sobre la búsqueda de equilibrios entre la voluntad personal y lo que se ha dado en llamar obstinación terapéutica . En ese nuevo escenario de pacientes informados y empoderados nacía hace más de una década el conocido como testamento vital, un documento en el que el usuario, en previsión de un deterioro de salud que llegado el momento le impida tomar decisiones conscientes, anticipa sus voluntades sobre qué tratamientos y cuidados quiere o no recibir ante situaciones críticas. En estos momentos, informa la Consellería de Sanidade, el Rexistro Galego de Instrucións Previas (con datos al cierre de diciembre) custodia las indicaciones de más de 8.300 personas, el 63,5% mujeres.
A través de este escrito el usuario puede indicar su voluntad ante situaciones de enfermedad terminal o deterioro irreversible , determinar si en caso de embarazo quiere que se aplacen sus instrucciones hasta el término de la gestación, señalar qué destino elige dar a sus órganos o designar a la persona que le representará ante el equipo sanitario. Cómo proceder ante una situación irreversible en cuanto a la utilización de métodos extraordinarios para mantener la vida (alimentación parenteral o ventilación mecánica, por ejemplo) es una de las cuestiones recogidas en este tipo de documentos. Para la redacción de este testamento vital, los expertos recomiendan buscar el consejo previo de un profesional médico , que pueda orientar al usuario sobre los escenarios esperables y las probables alternativas. Ante la imposibilidad de anticiparse y predecir cada una de las situaciones posibles, se recomienda asimismo completar el documento de instrucciones con una reflexión sobre lo que la persona entiende por vida y muerte dignas, sus creencias espirituales o el valor que otorga a la independencia física o psíquica; criterios generales que, a falta de una previsión exacta de la situación final, puedan, llegado el momento, orientar al equipo clínico.
En la Comunidad operan tres fórmulas para incluir un escrito en el registro . Una de ellas, la elegida por el 45% de los inscritos en la Comunidad, requiere de tres testigos mayores de edad –al menos dos sin relación familiar directa ni vinculación patrimonial con el firmante–. El documento también puede formalizarse sin testigos mediante la intervención de un notario o, desde enero de 2015, de un funcionario del propio Rexistro Galego de Instrucións Previas; ambas vías representan respectivamente el 26 y el 29% de los documentos formalizados en Galicia.
La edad media de los otorgantes es de 58 años : el 36% de las personas que han registrado sus voluntades tienen más de 65 años, el 34% entre 51 y 64, el 25% entre 31 y 50 y sólo un 5% son menores de 30 (es necesario ser mayor de edad para dictar testamento vital). En cuanto al contenido del documento, indica la Consellería, más del 99% hacen mención expresa sobre el cuidado y tratamiento de su salud; el 47% manifiesta su intención de donar órganos y tejidos y el 6% quiere donar su cuerpo. El 48% de las insrucciones previas custodiadas se corresponden con residentes en la provincia de La Coruña, el 32% con Pontevedra y sólo un 11 y un 9% con Lugo y Orense.
Una vez que la persona registra sus instrucciones se activa una pestaña en su historia clínica electrónica que advierte a los profesionales clínicos de que, llegado el momento, deben tener en cuenta las indicaciones dictadas por su paciente. Desde 2009, el registro gallego está además integrado en el registro nacional , de modo que el derecho del usuario a que se respete su voluntad le asiste en todo el territorio estatal, permitiendo el acceso a su testamento vital a los profesionales sanitarios a los que en ese momento corresponda la responsabilidad de su atención final.
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