Tribunales

La Justicia vuelve a dar la razón a los Franco sobre la titularidad de las estatuas del Maestro Mateo

La Audiencia Provincial de Madrid alega que «no está demostrado» que las esculturas del siglo XII en posesión de la familia sean las mismas piezas que reclama como propias el Ayuntamiento de Santiago de Compostela

Estatuas del Maestro Mateo en el Museo del Prado ABC

M. R. A.

Punto a favor de los Franco en el dilatado pulso que mantienen con las instituciones por la titularidad del patrimonio. La Audiencia Provincial de Madrid dio la razón la semana pasada en segunda instancia a los herederos del dictador en el polémico caso de las estatuas del Maestro Mateo, Isaac y Abraham , que la familia posee desde mediados de los años 50 del siglo pasado y cuya titularidad es disputada ahora por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

El fallo llega diez meses después de que, el pasado febrero, el juzgado número 41 de Madrid respaldara a los actuales dueños al alegar que no estaba probado que las estatuas fueran realmente posesión del Ayuntamiento gallego, tal y como esta institución defiende desde que comenzara el litigio hace ya dos años. En esta ocasión, la Audiencia señala que «no está demostrado» que las piezas que el Consistorio reclama sean las mismas en propiedad de la familia.

En declaraciones recogidas por Ep, el exalcalde de Santiago Martiño Noriega (2015-2019), de la candidatura de izquierdas Compostela Aberta, criticó este martes, tras conocer el contenido de la resolución, el «cambio de argumentación» esgrimido por la Justicia y dijo que la propia Xunta acreditó en su momento que se trata de las mismas obras. El anterior gobierno local impulsó este proceso en 2017 tras hallar diversos documentos que, según sus asesores legales, servirían para constatar la titularidad pública de las piezas, advirtiendo entonces que la causa podría demorarse durante meses. Ahora, el actual Ejecutivo socialista deberá decidir si presenta un nuevo recurso de casación ante el Tribunal Supremo para continuar la batalla iniciada por sus antecesores.

Litigio

El regidor santiagués, Xosé Sánchez Bugallo, que tiene previsto reunirse este jueves con su equipo para analizar detalladamente la sentencia y decidir si es procedente acudir al Alto Tribunal, aseguró que ya en su anterior etapa en el Consistorio (de 1998 a 2011 como alcalde y de 1987 a 2012 como concejal) se trató el asunto en dos ocasiones, pero se descartó poner en marcha cualquier tipo de proceso al no haber pruebas documentales de compraventa.

La historia de las estatuas, de hecho, se remonta nada menos que al año 1520, cuando fueron retiradas del Pórtico de la Gloria de la catedral de Santiago para la reforma de la fachada principal. En el siglo XVIII pasaron a manos de un noble gallego, el conde de Ximonde, y doscientos años más tarde, en 1948, uno de sus descendientes las vendió al ayuntamiento local por el precio de 60.000 pesetas. A partir de ahí, las versiones se contradicen . La sede municipal alega que fueron compradas por Franco y su esposa, Carmen Polo, durante una visita a Santiago en 1954 con motivo del Año Jubilar. La familia, por el contrario, que se adquirieron en un anticuario .

Tras dar con archivos que probarían que las esculturas fueron vendidas por el entonces alcalde, el pleito echó finalmente a andar. Sin embargo, chocó de bruces con la Justicia , que en su auto de primera instancia de febrero respaldó a la familia en base al principio de usucapión; es decir, cualquier posesión que sea «pública, pacífica y no interrumpida». Y dio carpetazo al asunto razonando que la posible infracción había prescrito.

Ahora, la Audiencia Provincial dictamina que «no cabe otra conclusión que confirmar íntegramente la sentencia de instancia, pues aun cuando pueda afirmarse que la Corporación Municipal demandante efectivamente pudo adquirir tres estatuas (...), lo que no logra acreditar de ninguna de las maneras es que la identidad de esas estatuas sea exactamente la misma que las poseídas por los demandados». Además, añade que «no acredita que se haya producido ninguna cesión ilegítima al anterior jefe del Estado» y que «aun cuando los bienes que forman parte del patrimonio histórico sean imprescritibles (...) ello no significa que los bienes poseídos son aquellas estatuas adquiridas supuestamente por la corporación».

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