Ana Enjamio

El jurado declara culpable al acusado del asesinato de Ana Enjamio

El tribunal popular (formado por cuatro mujeres y cinco hombres) le considera también responsable de los delitos de acoso y vulneración de la intimidad

César A. O., junto a su abogado, en la última de las sesiones del juicio EFE/SALVADOR SAS

R. G.

El jurado popular declaró este viernes culpable a César Adrio del asesinato de la joven ingeniera Ana Enjamio , ocurrido en Vigo en la madrugada del 16 al 17 de diciembre de 2016, y consideró acreditados los agravantes de alevosía, ensañamiento y parentesco, aunque no el de género.

Durante la lectura del veredicto, el jurado (formado por cuatro mujeres y cinco hombres) fue unánime al dar por probado que Adrio, quien había mantenido una relación con la víctima, no aceptó la ruptura y sometió a la joven a un «hostigamiento» para que volviera con él que se prolongó durante meses. En ese tiempo, el acusado realizó acciones para entrometerse en la vida de Ana y vulnerar su privacidad, como robarle el teléfono móvil y difundir imágenes íntimas, informa Ep.

Todos los miembros del tribunal estuvieron de acuerdo en que esa madrugada, tras la cena de la empresa en la que ambos trabajaban, fue abordada de manera «sorpresiva» por Adrio cuando ella ya había llegado al portal de su edificio. Allí, según apreció el jurado, el acusado le asestó un total de 28 cuchilladas , de las que 12 le atravesaron el corazón.

La víctima no esperaba tal conducta por parte de quien había sido su pareja e ignoraba además que éste llevaba un cuchillo. Además, al ser de madrugada y estar sola en el portal, estaba en una situación de «clara y total indefensión». A ese respecto, todos los miembros del jurado declararon probado el ensañamiento y la alevosía (el acusado quería «ocasionar un incremento del dolor propio de la muerte» y cometió «abuso de superioridad» al tener Ana «ostensiblemente debilitadas sus posibilidades de defensa»). Del mismo modo, consideraron también corroborada la circunstancia agravante de parentesco, ya que acusado y víctima habían sido pareja y habían convivido.

El jurado no dio por demostrada, eso sí, la agravante de género . En el único punto del objeto de veredicto en el que no hubo unanimidad (por tres votos a favor frente a seis en contra), el tribunal no vio indicios suficientes de que Adrio la hubiese matado para dejar patente su superioridad sobre ella por el hecho de ser mujer, aunque califica los hechos como un «crimen pasional».

Defensa rechazada

Por su parte, las explicaciones ofrecidas por el acusado y su defensa fueron rechazadas por los miembros del tribunal. Todos concluyeron por unanimidad no probado que Adrio y Ana mantuvieran una «buena relación, incluso con encuentros sexuales» hasta el momento del crimen, ni que la joven lo hubiera «elegido» a él (en lugar de a su exnovio Samuel, con quien había retomado la relación).

Finalmente, el tribunal popular se mostró contrario a que se concedan al acusado los beneficios de la suspensión de la pena de cárcel, y también a la posible propuesta de indulto.

Tras la lectura del veredicto, el jurado quedó disuelto y se celebró una vistilla en la que las acusaciones reafirmaron su petición de penas ( Fiscalía y Xunta pedían 27 años de cárcel y acusación particular 32 años ) . Además, solicitaron la prórroga de la prisión hasta la mitad de la condena (para el caso de que, en ese tiempo, no haya sentencia firme). Mientras, la defensa de Adrio solicitó que se le impongan las penas en su grado más bajo por cada delito.

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