TRIBUNALES

Errores en un registro abren la puerta a la absolución masiva del «rey de las orquestas» de Galicia

Un Juzgado de Pontevedra reprocha a los inspectores de hacienda la ausencia de garantías legales y de custodia de los documentos contables de las empresas de «Lito», al que la Audiencia Provincial condenó a doce años tras defraudar 46 millones de euros en impuestos

Ángel Martínez Pérez, «Lito», el conocido como «rey de las orquestas» de Galicia EFE

JOSÉ LUIS JIMÉNEZ

Cuando la Audiencia de Pontevedra condenó en febrero a Ángel Martínez Pérez, «Lito», a doce años de prisión y 47 millones de euros de multa por un gigantesco fraude tributario en la gestión de su empresa de representaciones —en cuya cartera figuraban medio centenar largo de orquestas, entre ellas las más cotizadas en las verbenas de Galicia—, parecía que su suerte había llegado a su final. Por delante, otros tres procesos pendientes en distintos juzgados de Pontevedra derivados todos ellos de la inspección de hacienda efectuada en 2015 y que aireó la contabilidad B de su conglomerado societario , por el que apenas facturaba legalmente el 10% de lo que realmente ingresaba, según la sentencia de la Audiencia. Un Juzgado acaba de absolverle de una de esas causas por entender que los registros de la mencionada inspección no se ajustaron a derecho y, por tanto, son nulos , así como toda la documentación en ellos incautada.

En el Juzgado de lo Penal nº1 de Pontevedra se dilucidaba un supuesto fraude en el IVA de «Lito» y otros dos socios en la gestión de la «Orquesta Filadelfia» durante los años 2011 y 2012 que ascendía a 284.000 euros. Pero el juez Juan José Trashorras ni siquiera ha entrado en el fondo del asunto . Atendiendo los recursos de las defensas, el magistrado enumera las irregularidades de los funcionarios de la Agencia Tributaria: «no consta que se haya levantado acta de la documentación intervenida (...), ni tampoco hay rastro de que se haya dado cuenta al juez de lo contencioso de la diligencia practicada, cuestión esta de suma importancia».

Así, les reprocha que «debieron ser más cautos a la hora de identificar, clasificar, recoger y discriminar la documentación a intervenir» . «No consta en la causa que hubieran adoptado ningún tipo de medidas que permita decidir si los archivos informáticos, la contabilidad analítica,, las hojas de cálculo, los registros de caja extracontable, las bases de datos de las fiestas, las hojas de cálculo con información adicional (...) son los mismos que los que fueron utilizados para elaborar el llamado informe del delito». Además, afea la falta de garantías para mantener la cadena de custodia de toda esta documentación : «No consta cómo se recogieron ni cómo se conservaron para garantizar su integridad y evitar cualquier tipo de alteración o manipulación».

En el caso concreto de la «orquesta Filadelfia», el juez Trashorras también censura que la documentación relativa a la misma, aparecida en el registro pero no directamente relacionada con el objeto del mismo, no fuera objeto de una comunicación expresa al instructor de lo contencioso que investigaba la causa, para que este hubiera ordenado una ampliación de esta, dándole así cobertura legal.

Ante este sumatorio de anomalías procesales, el juez determina «declarar nula (...) toda la prueba documental obtenida por la Agencia Tributaria» en el registro efectuado en la sede de las empresas de «Lito» en noviembre de 2015, y absuelve a los tres acusados del presunto fraude.

Consecuencias

La sentencia, fechada el pasado 21 de febrero pero notificada con dos meses de retraso por culpa de la huelga de los funcionarios de justicia de Galicia, abre ahora un escenario diferente para el futuro procesal del «rey de las orquestas», tal y como reconoce su letrado, Carlos Seoane (CSC Abogados), en conversación con ABC. No descarta que se produzca «un efecto dominó» en el resto de causas abiertas, ya que todas ellas proceden de un «origen común» , como fue el registro en sus oficinas de noviembre de 2015.

En la actualidad, «Lito» está pendiente de un juicio en la Audiencia de Pontevedra, «acusado de ser propietario de varias orquestas a título individual», detalla Seoane, y mantiene otra causa en instrucción en un juzgado de Caldas por fraude fiscal en el periodo 2009-2010, que previsiblemente también será juzgado en la instancia provincial. Sin embargo, la defensa del empresario quiere utilizar los argumentos del juez de Pontevedra en el recurso de casación que presentarán ante el Tribunal Supremo por la sentencia de la Audiencia de Pontevedra de los 12 años y los 47 millones de multa. «Lo analizaremos para ver cómo podemos alegar esta cuestión de las garantías», reconoce.

A «Lito» le vuelve a sonreir la suerte.

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