Tribunales
Condenan a un padre gallego que disparó a su hija de 9 años con una pistola de juguete para «corregirla»
La pequeña había lastimado a su hermana en la cara «sin querer», por lo que el padre le disparó a ella una decena de proyectiles de goma en las piernas «para corregir su actitud». No podrá volver a comunicarse con la pequeña en los próximos dos años
Un padre gallego ha sido condenado a once meses de prisión después de que quedase demostrado que disparó con una pistola de juguete a su hija pequeña de 9 años para «corregir su actitud» . Así lo plasma la sentencia de la Audiencia provincial de Pontevedra a la que ha tenido acceso ABC y que responde al recurso del progenitor, aferrado a que no tenía «intención de lesionar a su hija». Según el relato de los hechos, la pequeña herida y su hermana estaban en el domicilio del padre durante una visita en las navidades de 2019. Las dos jugaban con una pistola que dispara proyectiles de goma cuando en un momento del juego «la menor le hizo daño a la mayor, de 10 años, al dispararle sin querer en un ojo ». Al contarle lo sucedido al padre, indicó el Juzgado de lo Penal número cuatro de Pontevedra, «él se fue hasta la habitación donde estaba la niña y comenzó a pegarle cuando estaba tirada encima de la cama con la mano abierta varios golpes y posteriormente, estando la niña encima de la cama, le disparó en las piernas con la pistola de juguete varias veces a escasa distancia alcanzándola ocho o nueve veces con las balas de plástico».
El fallo de la Audiencia pontevedresa suscribe la decisión del juez de lo Penal, que remarcó que la niña sufrió heridas consistentes en varios hematomas que tardaron quince días en curar . Por ello lo condenó como responsable de un delito de lesiones leves en el ámbito de la violencia doméstica que implica once meses de prisión , la prohibición de aproximarse a meno de 150 metros de su hija en dos años, la prohibición de comunicarse con ella en dos años y la suspensión del régimen de visitas durante un período de tres años. En su alegato, el procesado reconoció los hechos, pero justificando que «no había cometido delito alguno de lesiones, que no pegó ni tocó a su hija, sino que para darle ejemplo le disparó a distancia con una pistola de poliexpam , queriendo así corregir la actitud de la niña, pero que en ningún momento lo hizo con intención de lesionarla.
No hay contradicciones en los testimonios
El tribunal, por su parte, coincide «plenamente» con la valoración realizada por el juzgado de lo Penal y considera que ha quedado acreditado, «con la certeza que todo condena penal exige», que hubo un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia doméstica. Además, explica que la defensa centra su alegato en la ausencia de dolo, negando toda intención de lesionar a su hija. Un hecho ante el que la Audiencia advierte que «esta argumentación se contradice con el testimonio del acusado, que sí reconoce que disparó para hacerle ver a la menor que podría dañar a su hermana ». Sobre el transcurso del juicio, la sentencia también anota que no se apreciaron contradicciones en los testimonios de las dos testigos presenciales que pudieran llegar a desvirtuar el valor probatorio de los hechos, «los cuales resultan corroborados por la documental médica».