Galicia

El concierto social, una herramienta más ágil y flexible para habilitar plazas públicas de atención

La Xunta se compromete a que en un máximo de 18 meses se lancen las primeras convocatorias, una vez publicado el decreto en el DOG

Actividades con un grupo de personas con discapacidad, en una imagen de archivo GUILLERMO NAVARRO

ABC

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este jueves el decreto por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en Galicia, tras quedar aprobado el pasado 17 de diciembre en la reunión del Consello de la Xunta, según informa la Consellería de Política Social. El objetivo es mejorar el procedimiento por el que las familias disponen de plazas públicas de atención. El decreto, en su primer artículo, fija que «se entiende por concierto social el instrumento por medio del cual se produce la prestación de servicios sociales de responsabilidad pública a través de entidades cuya financiación, acceso y control sean públicos».

Tras las disposiciones generales, el decreto desgrana en sucesivos capítulos el régimen para concertar; el procedimiento de concertación, introduciendo la figura de los «conciertos de adhesión»; la ejecución; la modificación y renovación; y la extinción del concierto social; así como el régimen económico y un último apartado dedicado a conflictos y jurisdicción. Las entidades sociales, se recuerda desde San Caetano, venían demandando con intensidad que se fraguara esta novedad normativa, especialmente las que trabajaban con personas con discapacidad.

Con este decreto, el propósito de la Xunta, tal y como se concretó el 17 de diciembre, pasa por fijar un modelo «más flexible y ágil», que da pie a que «se concierten las plazas allí donde la persona usuaria las necesite». ¿Dónde reside la piedra angular del avance que conlleva esta normativa? En la creación de una bolsa de entidades que podrán ofrecer esas plazas siempre que cumplan una serie de criterios.

Comisión de Valoración

El decreto recoge que «en las convocatorias de concierto social se creará una Comisión de Valoración que será la encargada de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades para concertar y, en su caso, valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección». Estará compuesta, dicha comisión, «por personal de la consellería con competencias en materia de servicios sociales o de las entidades instrumentales adscritas a ella que promuevan el concierto social, preferentemente personal funcionario de carrera, y con conocimientos y experiencia en la materia».

«En los procedimientos de asignación de conciertos, la Comisión de Valoración determinará aquellas entidades que cumplan los requisitos para concertar y elaborará un listado ordenado, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas, asignando el número de plazas o servicios correspondientes a cada participante. En los conciertos de adhesión, la Comisión de Valoración determinará si las entidades solicitantes cumplen los requisitos para su admisión en el sistema», se recoge en el DOG.

Hasta ahora, cuando la Xunta quería incrementar el número de plazas públicas en este ámbito se contrataban mediante un procedimiento al que las entidades y empresas debían presentar sus propuestas, para ser evaluadas por los técnicos de la Xunta.

Además de establecerse un procedimiento anual para que las entidades presenten sus solicitudes, los conciertos de adhesión se crean como una fórmula alternativa para que las entidades puedan inscribirse en cualquier momento, de tal forma que la plazas se concierten cuando y con quien sea preciso. «Es semejante a un acuerdo marco», se indica desde el Gobierno gallego.

El decreto determina que «los conciertos sociales tendrán que establecerse sobre una base plurianual a fin de garantizar la estabilidad en su provisión. La duración inicial (...) no superará los cuatro años». Si así lo prevé la convocatoria, «podrá renovarse hasta conseguir un máximo de diez años. La duración de cada una de las renovaciones no podrá exceder la duración máxima indicada en el apartado anterior». Asimismo, «solo mediante acuerdo del Consello de la Xunta podrá superarse el límite de los cuatro años para la duración inicial y las renovaciones de los conciertos sociales».

Ventajas

¿Qué ventajas traen, en esencia, los conciertos sociales? Principalmente, dar prioridad en la contratación a las entidades sociales, flexibilidad en la creación de plazas públicas en función del grado de necesidad y atendiendo a las preferencias de las familias y una mayor agilidad en la oferta de servicios para aquellos que los necesitan con urgencia.

Tendrá prioridad el ámbito de la discapacidad, pero también se implantará en otros, como la atención a menores o la inclusión social, donde las entidades de iniciativa social son también predominantes.

Tras entrar en vigor el decreto, la Xunta precisa que en un máximo de 18 meses se lanzarán las primeras convocatorias de servicios en régimen de concierto social.

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