Crisis del coronavirus
Cierres en Galicia: ¿Cómo justificar nuestro desplazamiento si nos paran en un control?
Las excepciones a la prohibición de entrar o salir de poblaciones con el cierre perimetral son variadas. Tanto, como las fórmulas de las que se dispone para acreditar este viaje
![Control a la entrada de la capital gallega esta semana](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2020/11/07/control-kSYE--1248x698@abc.jpg)
Desde las 00.00 horas de este sábado, las restricciones a la hora de desplazarse por la Comunidad gallega son importantes, en un intento por frenar viajes innecesarios y con ellos reuniones que podrían ayudar a la diseminación de un virus ya de por sí desbocado. En un escenario de máxima alerta debido al aumento de casos de las últimas semanas (casi 10.000 contagios y a punto de rozar las 1.000 muertes) a lo largo del próximo mes el 60 por ciento de la población gallega vivirá en un estado de semiconfinamiento que impedirá las entradas y salidas de los territorios que peores datos arrojan. Eso sí, existe una importante nómina de excepciones a las que apelar para acceder o abandonar estos concellos marcados en rojo en el mapa:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales, sindicales y de representación de trabajadores o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado, incluido el acompañamiento, a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Para garantizar que las limitaciones en vigor desde este sábado se cumplen, Guardia Civil y Policía Nacional desplegarán decenas de controles en los que los conductores tendrán que acreditar su desplazamiento debidamente . Y es en este punto donde saltan las dudas. En general, estas son las recomendaciones de los agentes para no tener conflictos si nos detienen en un control:
- Desplazamiento por cuidado de menores: se recomienda llevar una fotografía del DNI de alguno de los padres donde figure la dirección. También es válida una autorización del centro escolar para su recogida.
- Desplazamiento por cuidado de mayores: es una de las causas más difíciles de acreditar, por la diversidad de circunstancias personales, pero los agentes insisten en que todo es cuestión de «sentido común». Más allá de las acreditaciones médicas acompañadas del DNI de la persona mayor en cuestión, aclaran que «si alguien va a llevar comida o medicinas a un mayor que precisa cuidados se lo va a dejar pasar».
- Desplazamiento por causas laborales: las empresas están emitiendo ya salvoconductos para sus empleados en el caso de que estos necesiten transitar de una localidad a otra. En este caso será también válida una nómina o un contrato que acredite que pertenecemos a ese gremio, caso de un albañil que se traslade para hacer una obra o una reparación. «Si vemos una furgoneta rotulada o a alguien con la ropa de trabajo lo dejamos pasar, aunque mejor que lleve una fotografía del contrato o incluso de la nómina» informan desde la Guardia Civil. En el caso de los autónomos, el pago de este recibo o un justificante de la gestoría serían válidos. El problema, inciden desde ambos cuerpos, lo están teniendo trabajadores de economía sumergida (caso de asistentas o profesores a domicilio) que no disponen de contrato alguno. En estas circunstancias, no podrían acceder a la localidad requerida porque su desplazamiento no es acreditable.
- Desplazamiento por causas médicas: es válida la propia cita con el médico o la tarjeta sanitaria en la que se indica el centro que nos corresponde.
- Desplazamiento por causas educativas: cualquier documento (matrícula, documento firmado profesor) que acredite la escolarización de la persona en ese centro.
- Desplazamiento por cuidado de animales: en este caso, de difícil comprobación, ha llegado a ser suficiente un documento escrito por el dueño de los animales en el que indica el día y la hora a la que se va a desplazar para alimentar a los animales. En caso de que lo paren en un control justifica que salió de casa con ese motivo y no otro y solo será válido si la hora coincide. En este caso también se está recomendado llamar al 012 (servicio de atención ciudadana) para que den indicaciones.
- Desplazamiento de estudiantes: para entrar en la localidad en la que estudien sería suficiente con el contrato del piso, el contrato de agua o cualquier otro que esté a su nombre y que justifique que reside por razones de estudios en ese lugar.
En todos los controles, por norma, se pide el DNI de las personas para conocer su localidad de residencia.