El 'caso cuñada' llega al Supremo
El 'enchufe' de una familiar de Carmela Silva en el Concello de Vigo se revisa este martes en el Tribunal, tras el recurso de la concesionaria y el funcionario condenados
Con Vigo deslumbrado por los millones de luces led de la Navidad, un capítulo bastante menos luminoso de la gestión de Abel Caballero llega este martes al Tribunal Supremo: el 'caso cuñada' , esto es, la condena a un alto funcionario del Concello de Vigo y una concesionaria por haber enchufado en esta última a Vanesa Falque, cuñada de Carmela Silva, para que cobrase durante cinco años un sueldo sin trabajar . La sentencia que la Sala Segunda del TS estudia este martes si casa o no fue dictada en febrero de 2019 por la Audiencia de Pontevedra, tras la denuncia efectuada por la plataforma Xuntos por Galicia. En ella se condenó al funcionario Francisco Javier Gutiérrez Orúe a cinco años y tres meses de prisión por prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad documental, y al empresario Ramón Comesaña a una pena de un año y nueve meses por los dos últimos delitos y con una atenuante por las dilaciones y su colaboración en la investigación.
Las defensas de los dos únicos condenados son coincidentes en varios de los argumentos que esgrimen para que el TS estime su recurso de casación y anule la sentencia. Alegan, entre otros motivos, que la causa fue el resultado de una investigación prospectiva , y que además a ambos se les privó de su derecho a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva al haber declarado inicialmente como testigos y, posteriormente, haber sido imputados en base a lo manifestado y la documentación aportada por ellos mismos.
Se oponen a los recursos tanto la plataforma denunciante como la Fiscalía, que fue la que llevó el peso de la acusación durante la investigación que llevó a cabo el Juzgado de Instrucción nº7 de Vigo.
La beneficiada, ausente
Tanto acusación popular como Fiscalía insisten en la validez del procedimiento y en la sentencia dictada por la Audiencia, a pesar de que dentro de esta hay un enorme elefante: no se condenó a la beneficiaria del enchufe —su delito estaba prescrito— ni se pudo determinar qué cargo político dio la orden de que esta concesionaria colocara a dedo a Vanesa Falque, un hecho que las defensas de los acusados subrayan como anómalo, y que justificaría la anulación del fallo, a pesar de que ninguno de los acusados recurrió en su día el sobreseimiento de esta decisión judicial. Falque se embolsó 108.000 euros netos de salario durante los cinco años que estuvo contratada por no hacer nada.
«Por más rodeos que dé el recurrente [Orúe], es evidente que remunerar con fondos municipales a cambio de nada, acudiendo fraudulentamente a una adjudicación directa y a una ficción ilegal, no solo es ilegal, sino claramente arbitrario», y si finalmente esos trabajos los hizo «no se sabe quién», «precisamente evidenciaría que no era necesario pagar» a Falque, sostiene la Fiscalía del Tribunal Supremo en su escrito.
«Aunque humanamente (...) pueda entenderse su malestar por el hecho de que el condenado ha sido él y no la persona que se quedó con el dinero, el motivo carece de la más mínima fundamentación», sostiene el Ministerio Público, porque «lo expuesto no elimina el hecho de que el recurrente (Comesaña) ha recibido del tribunal una respuesta fundada en Derecho, y ha sido condenado en virtud de prueba de cargo practicada y traída al proceso con todas las garantías».
Por su parte, la representación de Xuntos —que ejerce el abogado Francisco Méndez-Senlle— recuerda que en otros casos de corrupción como la 'operación Malaya' hubo acusados que inicialmente declararon en calidad de testigos y, conforme avanzaba la instrucción, pasaron a hacerlo como investigados. Además, reprochan a Comesaña que intente exculparse alegando que solo actuó porque «se lo pidió su cliente», el Ayuntamiento de Vigo. «Por muy importante y buen cliente que sea, siempre se puede decir que no, más cuando le piden que haga algo que es ilegal» , razona el letrado de la acusación.
En los hechos probados por la sentencia de la Audiencia, se constataba que Gutiérrez Orúe ordenó hacer nueve contratos menores de 18.000 euros «para escapar a los controles de la ley» y facturarlos a Imesapi, por una serie de trabajos «que supuestamente hizo» la cuñada de Carmela Silva pero que, en realidad, «son inexistentes o bien simulados». A pesar de ello, Orúe firmó, y ni los concejales ni la intervención municipal objetaron dada la confianza que tenían en el funcionario. El Concello pagó y Comesaña cobró para, a su vez, abonar el salario de Falque.