GALICIA

Archivan la causa contra el exalcalde de Lalín por el supuesto enchufe de un afín

El juez no ve indicios de delito tras una denuncia del PP que acusaba a Rafael Cuiña de colocar como mediador de una póliza del Concello a un miembro de su partido político, que acabó siendo concejal de su gobierno

Rafael Cuiña, en una imagen de 2015 EFE

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El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2 de Lalín viene de decretar el archivo de la investigación abierta el pasado mes de mayo contra el exalcalde de Lalín, Rafael Cuiña, y uno de sus concejales, José Manuel Fernández Taboada , por la presunta comisión de un delito de actividades prohibidas a funcionarios en el Concello durante el pasado mandato, en que el primero ocupaba la Alcaldía de la capital del Deza. La denuncia, impulsada por el PP de Lalín, acusaba a Cuiña de haber colocado a Fernández Taboada como mediador en la póliza de seguros del Concello , relevando a un tercero, antes incluso de que el concurso público sobre este servicio hubiera sido resuelto. Sin embargo, el juez considera, tras la práctica de las diligencias de investigación, que ninguno de los dos acusados han cometido irregularidad alguna.

En el auto de sobreseimiento el juez considera que el hecho de que Fernández Taboada, empleado de Mapfre, aceptara el puesto de mediador en esta póliza —retribuido con una prima de 1.500€ al año— no vulnera en modo alguno la legalidad. «De la investigación realizada, no cabe atribuir al investigado ninguna actuación tendente a facilitarse la obtención del nombramiento que, en todo caso, se habría producido antes de que adquiriese la condición de miembro de la Junta de Gobierno del Concello de Lalín», señala la resolución judicial.

Al respecto del exalcalde, el PP le acusaba de haber impuesto el nombramiento de este afín a la aseguradora a través de una carta, con carácter previo a que se resolviera el concurso público por el que iba a elegirse a la empresa concesionaria. El juez decreta también el archivo de las actuaciones contra él, y considera que la contratación de la póliza cumplió con el procedimiento adminsitrativo. Según recoge el auto, era la aseguradora «la que tenía que determinar la identidad del empleado que asumiría la mediación de la póliza y, como explicaron todos los oídos, fue la entidad Mapfre la que eligió para ello a Fernández Taboada, asumiendo la petición realizada por el denunciado [Cuiña] a través de un escrito dirigido al responsable de la aseguradora en Lalín». Esta persona «en sede judicial, consideró esta sugerencia como algo normal, no extraordinario, y decidió asumirla».

No obstante, el juez reconoce que «genera desconfianza el hecho de que, aparentemente, el escrito proponiendo» a Fernández Taboada —que formaba parte de las listas de Compromiso por Galicia que lideraba el propio Cuiña— como mediador de la póliza fue remitido a Mapfre antes de que la entidad hubiese ganado la adjudicación de la póliza de responsabilidad civil», aunque admite que «no se ha puesto de manifiesto ningún indicio que permita vincular la adjudicación del contrato con la designación de Taboada como mediador de la póliza». Por todo ello, el juez Gonzalo Sans ordena el sobreseimiento de la causa.

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