Operación Pokemon
Archivada la supuesta financiación ilegal del PSOE de Compostela por la prescripción de los delitos
El fiscal reprocha a Pilar de Lara que tuviera la causa retenida en Lugo durante cuatro años sin practicar una sola diligencia útil para la investigación
Primera pieza del entramado «Pokemon» que va a la trituradora de papel por la inacción de la juez Pilar de Lara. El Juzgado de Instrucción nº3 de Santiago de Compostela, del que es titular Evangelina Belso, viene de dictar el sobreseimiento de la causa que investigaba la supuesta financiación irregular del PSOE de Santiago de Compostela en las elecciones de 2007 y 2011, y por la que estaba imputado —entre otros— uno de los pesos pesados del partido en la ciudad, Bernardino Rama . La juez Belso adopta su decisión, de acuerdo con el informe de la Fiscalía, por entender que los delitos han prescrito «y por haber estado paralizada la causa durante más de cinco años» , periodo en el que De Lara retuvo la instrucción en Lugo pero sin practicar una sola diligencia.
Los hechos investigados se referirían a « la emisión de facturas ficticias por la empresa Imprenta Ibérica a nombre, entre otras, de la empresa Aquagest; facturas en las que figurarían como conceptos unos trabajos no realizados y que, en realidad, con ellas se pretendería encubrir trabajos de imprenta efectuados para el PSOE de Santiago de Compostela con motivo de las campañas electorales de los años 2007 y 2011», según recoge el escrito de la fiscal María Begoña Castro. « Dichas facturas serían abonadas, entre otras, por la empresa Aquagest , a sabiendas de que con el pago de las mismas se estaba contribuyendo a financiar la campaña electoral de ese partido político», añade, y serían «varias facturas» emitidas en 2007 y otra cuatro años más tarde, que «no eran pagadas realmente por el PSOE».
Respecto de las facturas de 2007, la fiscal Castro considera que el plazo de prescripción, de acuerdo con el Código Penal vigente en el momento de los hechos, sería de tres años, por lo que estos no podrían ser perseguibles judicialmente, dado que «hasta marzo de 2013 no se acuerda ninguna diligencia de investigación» por parte de la instructora Pilar de Lara. El margen de actuación era realmente nulo, ya que la juez de Lugo no tuvo conocimiento de los hechos hasta 2012 a raíz de diversas conversaciones telefónicas mantenidas por uno de los investigados y que estaban pinchadas por los investigadores.
Cuatro años en blanco
Con la factura de 2011, que podría haber permitido una investigación judicial del caso, los condicionantes fueron otros. Aquí, según la fiscal, el plazo de prescripción se ampliaría hasta los cinco años, en virtud de la reforma del Código Penal de 2015. Pero la investigación caducó estrictamente por la inacción de la juez Pilar de Lara . Desde que en mayo de 2014 dicto su inhibición en esta pieza hasta que la remitió de manera efectiva a los juzgados de Compostela en abril de 2018 transcurrieron cuatro años en los que «no acordó ni practicó diligencia de investigación alguna de auténtico contenido material o sustancial que implicara una efectiva prosecución del procedimiento», reprocha la fiscal Castro, «las actuaciones se limitaron a incorporar copia de los autos de prórroga del secreto de actuaciones que se acordaba de la causa principal, a acordar la complejidad de la causa (...) y a fijar un plazo máximo de instrucción que fue revocado por la Audiencia Provincial de Lugo al haber sido dictado fuera de plazo».
Dado que la jurisprudencia solo considera que se interrumpen los plazos de prescripción de los delitos cuando los jueces de instrucción ordenan «actos procesales dotados de auténtico contenido material o sustancial», por lo que «carecen de virtualidad interruptiva las diligencias banales, inocuas o de mero trámite» , como las que adoptó Pilar de Lara. De ahí que la fiscal solicitara el sobreseimiento de la causa, dictada días más tarde por la juez Evangelina Belso. «Se declara extinguida la responsabilidad criminal de José Luis Miguez Rey, Antonio Murcia, Henry Laiño y Bernardino Rama», establece el auto del Juzgado de Instrucción nº3 de Santiago.
Se da la circunstancia de que el anterior ocupante del juzgado, el juez Andrés Lago Louro, fue el que recibió con cuatro años de retraso esta pieza del entramado «Pokemon», y no dudó en devolvérsela a Pilar de Lara alegando ya la prescripción de los delitos y lo que él consideraba como una inhibición tardía. Sin embargo, tras resolver un conflicto de competencia, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia hizo regresar la causa a Compostela. La nueva titular, Evangelina Belso, ha sido la encargada de mandar al contenedor azul los 77 tomos que componen una de las nueve piezas principales en que se dividió en 2013 la «Pokemon», casualmente coincidiendo con los últimos días de Pilar de Lara al frente de su Juzgado de Instrucción nº1 de Lugo, después de que la semana pasada el Tribunal Supremo rechazara la suspensión cautelar de la sanción disciplinaria que la inhabilita durante siete meses y un día por una falta muy grave de desatención en el ejercicio de sus funciones .
Es la segunda pieza del laberinto «Pokemon» que es archivada . La primera fue la referida a supuestas irregularidades en la adjudicación del servicio de desbroces en el Concello de Carballiño durante el mandato del popular Argimiro Marnotes. De Lara lo imputó en febrero de 2013 y envió la pieza a un juzgado de O Carballiño. Allí, el juez encargado del caso lo archivó por falta de indicios en junio de 2016 . En esos 871 días que estuvo investigado, Marnotes perdió la alcaldía en las municipales de 2015, donde su imputación fue una de las piezas de artillería empleadas por la oposición para atacarle.
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