TRIBUNALES
El Supremo declara nulo el PGOU de El Campello por carecer de estudio económico
La normativa estatal exige un requisito que no cumple el plan de la localidad alicantina
El Tribunal Supremo (TS) ha declarado nulo de pleno derecho el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de El Campello (Alicante) por carecer del estudio economico-financiero. La Sala de lo Contencioso administrativo anula así el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de 1 de abril de 2011.
La sala ha estimado de esa manera uno de los motivos de casación interpuesto por una empresa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que estimaba ajustado a derecho el PGOU.
El TS argumenta que el estudio económico-finaniero es pertinente en la aprobación del PGOU aunque la normativa autonómica no lo exija "expresamente".
En la sentencia del alto tribunal, conocida este viernes, se recuerda que el TSJCV desestimó el recurso de la empresa porque la tramitación de los PGOU en la Comunitat se rige por la Ley Urbanística Valenciana (LUV) que determina que se deben presentar documentos sin eficacia normativa: Memoria informativa, Planos de información y Memoria justificativa .
Asimismo, también indica que deben presentarse documentos con eficacia normativa: Directrices estratégicas de evolución urbana y ocupación del territorio; Normas Urbanísticas, que incluirán fichas de planeamiento y gestión de cada Sector, Unidad de Ejecución o Área de Reparto; Planos de ordenación; y, Catálogo de bienes y espacios protegidos .
A ese respecto, el TS ha admitido el tercero de los motivos de casación de los seis elevados por la empresa contra la aprobación del PGOU de El Campello porque "si bien es cierto que el artículo 64 de la Ley Urbanística Valenciana no exige la incorporación del estudio económico-financiero, no es menos cierto que la normativa básica estatal (artículo 37.5 del Real Decreto 2159/78) lo exige".