Tribunales
El TSJ valenciano vuelve a suspender la prohibición de jugar a las máquinas tragaperras en los bares
Los magistrados acuerdan mantener el cierre de los salones de juego decretado por la Generalitat dentro de las restricciones por el coronavirus
Última hora del coronavirus, las restricciones y la desescalada en la Comunidad Valenciana
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado este jueves las medidas cautelares solicitadas por la Asociación SOS Hostelería y ha suspendido la prohibición decretada por la Generalitat del uso de máquinas tragaperras y máquinas de azar y recreativas , con o sin premio, en establecimientos de restauración y hostelería.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo recuerda que ya dictó un auto en el mismo sentido en diciembre del pasado año, cuando la situación epidemiológica en la Comunidad Valenciana era peor que la actual, sin que el Consell lo recurriera en reposición.
Los magistrados concluyen que no existe en la resolución sanitaria cuestionada «motivo o explicación en lo más mínimo acerca de la concreta medida prohibitiva», ni tampoco en el escrito de oposición presentado en este incidente cautelar por la Abogacía de la Generalitat.
También sobre las restricciones aprobadas por la Conselleria de Sanidad el pasado 11 de marzo, la misma sección del TSJCV ha notificado otro auto en el que rechaza la petición de la Unión de Trabajadores de Salones de Juego (UTSAJU) para que se reabrieran los establecimientos y espacios dedicados a actividades recreativas y de azar, entre los que se incluyen casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar, salones de juego, tómbolas y salones cíber.
Los magistrados, sin entrar en el fondo del asunto, entienden que satisfacer la pretensión de los recurrentes «supondría perturbación grave de los intereses generales, más en particular la prevención de la salud de la ciudadanía que obliga a los poderes públicos».
Los hosteleros, «aliviados»
La asociación SOS Hostelería se ha mostrado «aliviada» por la decisión del TSJ. El presidente del colectivo, Fidel Molina, ha indicado en un comunicado que el ejercicio de actividades o máquinas recreativas dentro de los establecimientos de restauración y hostelería «es perfectamente compatible con el uso continuado de la mascarilla y la desinfección de éstas después de cada uso y es equivalente a la dinámica de otros sectores como el del comercio».
Molina considera «inexplicable» que la Generalitat hubiera prohibido la utilización de máquinas recreativas en bares y restaurantes y, en cambio, permitiera la utilización de las máquinas dispensadoras de tabaco existentes en esos mismos locales, cuyo uso si estaba permitido. Los hosteleros aseguran que las máquinas tipo B instaladas en los bares son « una ayuda imprescindible para poder mantener los locales abiertos, pagar el alquiler o los autónomos».