Pandemia
Valencia Fase 2: qué se podrá hacer y qué no en la fase 2 de la desescalada
La Generalitat ha pedido al Gobierno el avance en la desescalada de toda la Comunidad Valenciana el 1 de junio
En directo | Última hora del coronavirus y la desescalada en la Comunidad Valenciana
La Generalitat ha pedido al Gobierno el pase de toda la Comunidad Valenciana en su conjunto a la fase 2 de la desescalada el próximo 1 de junio.
Esta nueva etapa relaja más las restricciones y supone la reapertura de piscinas y playas, así como de los bares, cines y teatros. Además, se podrá circular por la provincia en la que se reside en grupos de máximo 15 personas si no conviven juntas.
Playas y piscinas
Las piscinas se podrán abrir al público con cita previa, un aforo máximo del 30% o el que permita cumplir con la distancia de seguridad. Se organizarán además horarios por turnos. La limpieza debe llevarse a cabo al menos tres veces al día y no se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.
En las playas, los bañistas deberán hacer un uso responsable cumpliendo con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias. Se permitirá la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo , siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico.
Los municipios costeros de las tres provincias trabajan con el Consell en un plan de seguridad para que los bañistas puedan disfrutar de los arenales en condiciones de seguridad y adaptadas a la situación, por ejemplo, con la delimitación de espacio individual en la arena para toallas y sombrillas con reserva previa.
Franjas horarias para pasear y practicar deporte
Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años.
Bares y restaurantes pero no discotecas
Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local , salvo las discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no superen el 40% de su aforo.
El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa o reagrupaciones de mesas y, preferentemente, mediante reserva previa. No se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Por su parte, las terrazas mantendrán las mismas restricciones que en la fase 1.
Hoteles
Los hoteles y alojamientos turísticos podrán abrir de nuevo las zonas comunes siempre que no se supere un tercio de su aforo, así como sus piscinas y spas. Las actividades de animación o clases grupales tendrán un aforo máximo de veinte personas, evitando el intercambio de objetos, preferentemente al aire libre y respetando la distancia mínima de seguridad entre todos los participantes. En caso contrario, se deberán utilizar mascarillas. Además, se mantendrá la correspondiente desinfección de objetos y material utilizado.
Además, se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta veinte personas.
Centros comerciales
Los centros y parques comerciales podrán abrir con un aforo máximo del 30% de sus zonas comunes y del 40% en cada uno de los establecimientos .
Eso sí, no se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes excepto para el tránsito entre locales. Deberán permanecer cerradas las áreas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.
Pequeño comercio y mercadillos
Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades profesionales pueden reabrir al público con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre que se reduzca al 40% el aforo en cada una de las plantas de las que conste y que garantice una distancia mínima de dos metros entre clientes.
En los locales en los que no sea posible mantener esta distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente y habrá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. Se podrá establecer sistemas de recogida en el establecimiento, escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local o su acceso y un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
En el caso de los mercadillos se limitará a un tercio el número de puestos habitual para garantizar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.
Cines y teatros
Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán reanudar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.
Se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares, pero no de guardarropa ni de consigna.
Por otra parte, en las bibliotecas se podrán hacer consultas en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y usar los ordenadores destinados a los usuarios. No obstante, las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas.
Las salas de exposiciones, monumentos y equipamientos culturales podrán abrir siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y se adopten medidas para el control de control de las aglomeraciones.
Bodas y misas
El aforo máximo de los lugares de culto pasa de un tercio a un 50%. Las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, con un aforo del 50% y sin superar las cien personas en espacios al aire libre o las cincuenta personas en espacios cerrados.
Entierros y velatorios
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. Los entierros y cremaciones se restringen a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados.
Visitas a residencias
La Generalitat podrá permitir las visitas a los residentes de viviendas tuteladas y centros para personas con diversidad funcional . De hecho, ya existe un protocolo de actuación para estos casos que se pondrá en marcha tan pronto la Comunidad Valenciana entre en la fase 2 de la desescalada. [Más información aquí]
En el caso de las residencias de personas mayores , estas visitas se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales, como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente. En ningún caso estarán permitidas en centros con casos de Covid-19, confirmados o sospechosos.
Competiciones deportivas
Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamientos de carácter básico, de manera individual y cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene, desarrollado en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.
Los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene con hasta un máximo de 14 personas .
Las tareas de entrenamiento se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad de la instalación para los deportistas. No podrán asistir medios de comunicación.
La competición de las Ligas Profesionales se reanudará sin público y a puerta cerrada, siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita. Los medios de comunicación podrán acceder para la retransmisión de la competición.
Se podrán reabrir las instalaciones deportivas cubiertas . La actividad deportiva requerirá cita previa, se organizarán turnos horarios y se respetará el límite del treinta por ciento de capacidad de aforo y se podrán utilizar los vestuarios.
Congresos y conferencias
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas de conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares sin superar los 50 asistentes y manteniendo la distancia mínima de dos metros o con equipos de seguridad. Se fomentará la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia.
Las residencias, edificios, centros e instalaciones, de naturaleza pública o privada, que tengan por objeto el alojamiento y prestación de servicios hosteleros y de restauración a personal científico, técnico e investigador podrán reanudar la misma. Con las garantías de limpieza y desinfección recogidas en la orden.