Coronavirus
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia deniega la suspensión de restricciones a la hostelería pedida por el sector
La Generalitat tiene de plazo hasta el jueves para presentar alegaciones antes de que el TSJ dicte una resolución definitiva
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha denegado la suspensión de las nuevas restricciones al sector hostelero por el coronavirus decididas por la Generalitat el pasado 25 de febrero. Dos asociaciones alicantinas del sector habían reclamado judicialmente su anulación.
El tribunal ha acordado seguir el cauce de la medida cautelar solicitada por el trámite ordinario y da dos días de plazo a la Generalitat para que presente alegaciones.
La Asociación de Restaurantes de Alicante ( ARA ) y la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante ( ALROA ) presentaron este mismo lunes un escrito en el TSJCV en el que solicitaban la medida de suspensión cautelarísima de parte de la resolución de la Conselleria de Sanidad por la que se acordaban nuevas medidas en el sector ante la evolución de la pandemia de coronavirus.
En esa resolución, Sanidad ha permitido únicamente la apertura de las terrazas al aire libre en los establecimientos y actividad de hostelería y restauración, con un aforo máximo del 75% , con un máximo de cuatro personas por mesa y fijando en las 18.00 horas el cierre de los locales. La distancia entre mesas en estos establecimientos será de 1,5 metros, con consumo siempre sentado y el uso de mascarilla mientras no se consuma.
En este caso, el tribunal, según el auto facilitado por el TSJCV, no aprecia circunstancias de especial urgencia para no oír a la Generalitat antes de pronunciarse, por lo que acuerda dar curso a la medida cautelar instada por el trámite ordinario, si bien reduciendo el plazo general de diez días, por lo que concede al Gobierno autonómico hasta el 4 de marzo para alegar contra la petición de los hosteleros.