Covid-19

Toque de queda en 77 municipios de la Comunidad Valenciana este fin de semana del 7 y 8 de agosto

Más de la mitad de la población tiene la movilidad nocturna limitada por la alta incidencia del coronavirus

Guía con todas las restricciones en vigor en las tres provincias hasta el 16 de agosto

Última hora del coronavirus, las restricciones y la vacunación en la Comunidad Valenciana

Imagen de archivo de un dispositivo policial por el toque de queda en Valencia MIKEL PONCE

D.V.

El toque de queda seguirá en vigor en 77 municipios de la Comunidad Valenciana hasta el 16 de agosto ante las elevadas cifras que todavía arroja la quinta ola de la pandemia, con una incidencia superior a los 500 casos por cada cien mil habitantes.

Las localidades que tienen limitada la movilidad nocturna aglutinan a 2,6 millones de personas -la mitad de la población de la región-, y se encuentran en riesgo extremo por el coronavirus .

En todas ellas se limita la circulación de las personas en horario nocturno entre la una de la madrugada y las seis de la mañana.

Valencia

Albal, Alboraia, Alcàsser, Aldaia, Alfafar, Alginet, Almussafes, Benaguasil, Benetússer, Benifaió, Bétera, Buñol, Burjassot, Canals, Chiva, Foios, Gandia, Godella, L'Eliana, L'Olleria, Manises, Massamagrell, Massanassa, Meliana, Mislata, Museros, Oliva, Paiporta, Paterna, Picassent, la Pobla de Farnals, la Pobla de Vallbona, Puçol, El Puig, Rafelbunyol, Requena, Riba-roja de Túria, Rocafort, Sagunto, Silla, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Turís, Utiel, Valencia , Vilamarxant, Xeraco y Xirivella.

Alicante

Alfàs del Pi, Alicante, Banyeres de Mariola, Benidorm, Callosa d'en Sarrià, Callosa de Segura, Calp, Dénia, Gata de Gorgos, La Nucía, Muro de Alcoy, Ondara, Pego, Santa Pola, Sant Vicent del Raspeig, Sax, Teulada y la Vila Joiosa.

Castellón

Alcalà de Xivert, Almenara, Benicàssim, Burriana, Borriol, Onda, Oropesa del Mar, Peñíscola, Torreblanca, Vila-real y Vinaròs.

No obstante, existen excepciones a la normativa, entre las que se contemplan:

· La adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.

· La asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

· La asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

· El cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

· El retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

· La asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

· El desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial.

· Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

· Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

· El repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

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